III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13266)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de impulso de la competitividad del sector turístico realizada por la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, M.P. (SEGITUR), en los ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024
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Tribunal de Cuentas

programa Anfitriones35, así como el mantenimiento de su infraestructura tecnológica, que
pueden considerarse actividades de SEGITTUR como medio propio de la Secretaría de
Estado. Asimismo, se recogían actuaciones de apoyo para la gestión integral,
mantenimiento, ampliación y mejora metodológica del Sistema de Calidad Turística
Española para mejorar la competitividad y sostenibilidad de la industria turística a través del
Sistema de Calidad en Destinos-SICTED, que es el modelo de fomento de la competitividad
sobre la oferta turística (destinos y empresas) impulsado por la Secretaría de Estado antes
de la aparición del modelo de los DTI. Para esta línea de actuación se fijaba un importe
máximo de 880.000 euros.
La organización de estas líneas de acción muestra la utilidad que tiene SEGITTUR para la
Secretaría de Estado de Turismo, como medio propio y ente instrumental:
a) Por un lado, SEGITTUR tiene una función de medio propio instrumental que asiste a la
Secretaría de Estado en sus necesidades de gestión, así como en el mantenimiento de la
infraestructura tecnológica del Sistema de Calidad Turístico Español; además, asiste a
TURESPAÑA, en la gestión y mantenimiento de la infraestructura del portal www.spain.info.
b) Por otro lado, SEGITTUR es un instrumento de la Secretaría de Estado para la ejecución de su
política de fomento de la competitividad del sector turístico, mediante sus actividades de
generación de conocimiento turístico de las plataformas del SIT e innovación en modelos de
gobernanza de los destinos turísticos a través del modelo de DTI, sin perjuicio del modelo de
calidad promovido por el Sistema de Calidad en Destinos-SICTED.
Por lo que se refiere a la eficacia organizativa, las resoluciones de la Secretaría de Estado de
concesión de transferencias suplen la falta de definición del objeto de las actuaciones atribuidas en
las Memorias de los PAP, dado que estas no se formalizan como encargos. Pero en lo que respecta
a su actuación en ejecución de las funciones de la Secretaría de Estado, estas resoluciones no
resuelven las deficiencias de planificación detalladas anteriormente, ya que no concretan los
objetivos de las diferentes líneas de actuación.
Debe tenerse en cuenta, además, que la fecha en la que se realizan las transferencias corrientes y
de capital, entre los meses de julio y agosto, supone que, en la práctica, las actuaciones que la
Secretaría de Estado asigna a SEGITTUR ya se encuentren en una fase de ejecución avanzada en
el momento en que se dicta la resolución de concesión de las transferencias, por lo que la definición
de las actuaciones en ese momento no tiene utilidad como instrumento de planificación, sino que
se limita a plasmar una estimación de ejecución de los distintos proyectos recogidos en el plan de
acción de esta Sociedad a una fecha avanzada de dicha ejecución.
II.3.1.2.- JUSTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL PROGRAMA 467C

Respecto del Programa 467C, las Memorias de 2019 y 2020, justificativas de las transferencias de
capital, no recogen el grado de cumplimiento de las actividades asignadas y presentan un contenido
más propio de una memoria comprensiva de los proyectos ejecutados a lo largo del ejercicio, si bien
ya se ha indicado que la deficiente planificación dificulta esta fase de justificación por parte de
SEGITTUR.
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Anfitriones es el programa formativo en modalidad en línea de la SETUR que se dirige a los profesionales del sector
turístico con el objetivo de mejorar la calidad de España como destino turístico. Se integra en el Sistema de Calidad
Turística Española.

cve: BOE-A-2024-13266
Verificable en https://www.boe.es

La justificación del destino de las transferencias del Programa 467C se realiza mediante la Memoria
Anual que presenta SEGITTUR a la Secretaría de Estado sobre la ejecución de las actividades que
ha realizado, que incluye la cuenta justificativa y las facturas y demás documentos de valor
probatorio. Además, en 2020 SEGITTUR también ha presentado a la Secretaría de Estado una
Memoria justificativa de las actuaciones realizadas en 2019 y 2020 en aplicación de la transferencia
nominativa del Real Decreto-ley 12-2019.