II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-13159)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 74829

en el Área de Personal, deberá constar la justificación de la recepción de las
notificaciones, convocando a los miembros de la Comisión y a las personas candidatas.
Transcurrido el plazo previsto sin que se haya constituido la Comisión, la Presidencia
Titular quedará sustituida a todos los efectos por la Presidencia Suplente.
Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a las personas destinatarias con una
antelación de diez días hábiles, respecto de la fecha del acto para el que son
convocadas.
5.5 La Comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de
provisión de plaza requiere, al menos, dos votos favorables.
6.

Prueba

6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir
valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador de la persona
candidata, su proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades
para la exposición y el debate ante la Comisión en la correspondiente materia o
especialidad en sesión pública.
6.2 Las personas aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación
presentada por el resto de las personas candidatas y los informes o valoraciones
efectuadas por los miembros de la Comisión.
6.3 El acto de Presentación será público. Deberá entregarse la siguiente
documentación:
a) Currículum vitae, por triplicado, en el que se detalle su historial académico,
docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los documentos
acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Docente e Investigador, por triplicado, sobre lo que se propone
desarrollar en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la Comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador de la persona aspirante, su proyecto docente e
investigador, así como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate
en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de las personas
candidatas, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de las personas
candidatas.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las y los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
En el mismo acto de Presentación, la Presidencia de la Comisión hará público el
plazo fijado por aquélla para que cualquier concursante pueda examinar la
documentación presentada por el resto con anterioridad al inicio de la prueba.
6.4 La prueba de estos concursos será pública y consistirá en la exposición oral por
la persona aspirante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados
en su currículum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador.
Seguidamente la Comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos
aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada una de
las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En
caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la Comisión.

cve: BOE-A-2024-13159
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Núm. 157