II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-13160)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 74863
caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la comisión.
6.5 Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal
de la Universidad de Cádiz.
6.6 La propuesta elegida se hará pública en el lugar donde se haya efectuado la
prueba, así como en la página web del Área de Personal.
7.
Propuesta de provisión
7.1 La comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todas las personas candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
7.2 En los siete días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la comisión, el
Secretario de la misma entregará en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz el
expediente administrativo del concurso, que incorpora los documentos recogidos en el
punto 1 del artículo 14 del Reglamento UCA/CG19/2008.
Los documentos entregados por las personas concursantes permanecerán
depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la
comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará
hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el
interesado hubiera retirado dicha documentación, la universidad podrá disponer su
destrucción.
7.3 Contra la propuesta de la comisión del concurso de acceso, las personas
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha propuesta. Admitida a trámite
la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución definitiva.
7.4 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones, conforme a lo
establecido en el artículo 15 del Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para
los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios de la Universidad de Cádiz, que ratificará o no la propuesta reclamada, en
el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de aquella. El transcurso del
plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las resoluciones de esta comisión serán vinculantes para el Rector. La resolución del
Rector agota la vía administrativa. En caso de no ratificarse la propuesta, se retrotraerá
el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la comisión evaluadora
formular una nueva propuesta.
8.
Presentación de documentos y nombramiento
8.1.1 Copia compulsada o copia electrónica auténtica del DNI o documento
equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
8.1.2 Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni
psíquico que incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
Profesorado de Universidad.
8.1.3 Declaración jurada de no haber sido separada de la Administración del
Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las comunidades autónomas,
en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitada para el ejercicio de la
Función Pública. Las personas nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
cve: BOE-A-2024-13160
Verificable en https://www.boe.es
8.1 Las personas propuestas para la provisión de plazas deberán presentar en
cualquiera de los Registros de la Universidad de Cádiz dirigido al Área de Personal, en
los veinte días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
excepto que sea personal de la Universidad de Cádiz, que preste servicios en la misma y
los haya entregado con anterioridad, los siguientes documentos:
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 74863
caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la comisión.
6.5 Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal
de la Universidad de Cádiz.
6.6 La propuesta elegida se hará pública en el lugar donde se haya efectuado la
prueba, así como en la página web del Área de Personal.
7.
Propuesta de provisión
7.1 La comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todas las personas candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
7.2 En los siete días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la comisión, el
Secretario de la misma entregará en el Área de Personal de la Universidad de Cádiz el
expediente administrativo del concurso, que incorpora los documentos recogidos en el
punto 1 del artículo 14 del Reglamento UCA/CG19/2008.
Los documentos entregados por las personas concursantes permanecerán
depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la
comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará
hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el
interesado hubiera retirado dicha documentación, la universidad podrá disponer su
destrucción.
7.3 Contra la propuesta de la comisión del concurso de acceso, las personas
concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha propuesta. Admitida a trámite
la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución definitiva.
7.4 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones, conforme a lo
establecido en el artículo 15 del Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para
los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios de la Universidad de Cádiz, que ratificará o no la propuesta reclamada, en
el plazo máximo de tres meses a partir de la recepción de aquella. El transcurso del
plazo establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
Las resoluciones de esta comisión serán vinculantes para el Rector. La resolución del
Rector agota la vía administrativa. En caso de no ratificarse la propuesta, se retrotraerá
el expediente al momento en que se produjo el vicio, debiendo la comisión evaluadora
formular una nueva propuesta.
8.
Presentación de documentos y nombramiento
8.1.1 Copia compulsada o copia electrónica auténtica del DNI o documento
equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.
8.1.2 Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni
psíquico que incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
Profesorado de Universidad.
8.1.3 Declaración jurada de no haber sido separada de la Administración del
Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las comunidades autónomas,
en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitada para el ejercicio de la
Función Pública. Las personas nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
cve: BOE-A-2024-13160
Verificable en https://www.boe.es
8.1 Las personas propuestas para la provisión de plazas deberán presentar en
cualquiera de los Registros de la Universidad de Cádiz dirigido al Área de Personal, en
los veinte días hábiles siguientes al de conclusión de las actuaciones de la comisión,
excepto que sea personal de la Universidad de Cádiz, que preste servicios en la misma y
los haya entregado con anterioridad, los siguientes documentos: