II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-13160)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 74862
lugar de celebración. Asimismo, la presidencia de la comisión dictará resolución
convocando a todos las personas candidatas admitidas para realizar el acto de
presentación, con señalamiento de día, hora y lugar de celebración, que habrá de ser
inmediatamente posterior al de constitución de la comisión. En el expediente, a entregar
en el Área de Personal, deberá constar la justificación de la recepción de las
notificaciones, convocando a los miembros de la comisión y a las personas candidatas.
Transcurrido el plazo previsto sin que se haya constituido la comisión, la presidencia
titular quedará sustituida a todos los efectos por la presidencia suplente.
Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a las personas destinatarias con una
antelación de diez días hábiles, respecto de la fecha del acto para el que son
convocadas.
5.5 La comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de
provisión de plaza requiere, al menos, dos votos favorables.
6.
Prueba
6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir
valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador del candidato, su
proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición
y el debate ante la comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión
pública.
6.2 Los aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación presentada por
el resto de las personas candidatas y los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la comisión.
6.3 El acto de presentación será público. Deberá entregarse la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que se detalle su historial académico,
docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los documentos
acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Docente e Investigador, por triplicado, sobre lo que se propone
desarrollar en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador del aspirante, su proyecto docente e investigador, así
como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de los
candidatos, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de las personas
candidatas.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las y los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
En el mismo acto de presentación, la presidencia de la comisión hará público el plazo
fijado por aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación
presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.
6.4 La prueba de estos concursos será pública y consistirá en la exposición oral por
la persona aspirante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados
en su curriculum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador.
Seguidamente la comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos
aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno de
las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la comisión. En
cve: BOE-A-2024-13160
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 74862
lugar de celebración. Asimismo, la presidencia de la comisión dictará resolución
convocando a todos las personas candidatas admitidas para realizar el acto de
presentación, con señalamiento de día, hora y lugar de celebración, que habrá de ser
inmediatamente posterior al de constitución de la comisión. En el expediente, a entregar
en el Área de Personal, deberá constar la justificación de la recepción de las
notificaciones, convocando a los miembros de la comisión y a las personas candidatas.
Transcurrido el plazo previsto sin que se haya constituido la comisión, la presidencia
titular quedará sustituida a todos los efectos por la presidencia suplente.
Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a las personas destinatarias con una
antelación de diez días hábiles, respecto de la fecha del acto para el que son
convocadas.
5.5 La comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de
provisión de plaza requiere, al menos, dos votos favorables.
6.
Prueba
6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir
valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador del candidato, su
proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición
y el debate ante la comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión
pública.
6.2 Los aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación presentada por
el resto de las personas candidatas y los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la comisión.
6.3 El acto de presentación será público. Deberá entregarse la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que se detalle su historial académico,
docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los documentos
acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Docente e Investigador, por triplicado, sobre lo que se propone
desarrollar en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador del aspirante, su proyecto docente e investigador, así
como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de los
candidatos, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de las personas
candidatas.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las y los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
En el mismo acto de presentación, la presidencia de la comisión hará público el plazo
fijado por aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación
presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.
6.4 La prueba de estos concursos será pública y consistirá en la exposición oral por
la persona aspirante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados
en su curriculum vitae y en la defensa de su proyecto docente e investigador.
Seguidamente la comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos
aspectos que estime relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno de
las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la comisión. En
cve: BOE-A-2024-13160
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157