III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13166)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, Carril-Litoral 1 y 3, entre los apoyos T-99 y T-103, en Cuevas de Almanzora (Almería) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 75046
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Andalucía de fecha 2
de noviembre de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 267, de 2
de noviembre de 2022, así como publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Almería núm. 218 de fecha 14 de noviembre de 2022. Además, el Anuncio fue publicado
en el diario La Voz de Almería, el día 9 de noviembre de 2022 y expuesto al público en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cuevas de Almanzora. No se recibieron
alegaciones de ningún tipo al trámite de información pública.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla remitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del
proyecto presentado.
La modificación de la línea a 400 kV, Carril-Litoral 1 y 3, entre los apoyos T-99 y
T-103, se justifica en la necesidad de variar el tendido de la línea como consecuencia del
proyecto de construcción de la Plataforma del Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad
Murcia-Almería (tramo Pulpí-Cuevas de Almazora). En este sentido y al amparo de lo
establecido en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) ha solicitado a Red Eléctrica la modificación de la citada línea para
reglamentar la zona de influencia del citado proyecto con la mencionada línea eléctrica,
siendo preciso realizar una modificación en el tramo comprendido entre los apoyos T-99
y T-103 dentro del término municipal de Cuevas de Almanzora, en la provincia de
Almería, implicando variación en la traza actual de la línea eléctrica.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la
actuación objeto de esta propuesta de resolución.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la
modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, Carril-Litoral 1
y 3, entre los apoyos T-99 y T-103, en el término municipal de Cuevas de Almanzora,
provincia de Almería.
cve: BOE-A-2024-13166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 75046
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Andalucía de fecha 2
de noviembre de 2022, hecho público en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 267, de 2
de noviembre de 2022, así como publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Almería núm. 218 de fecha 14 de noviembre de 2022. Además, el Anuncio fue publicado
en el diario La Voz de Almería, el día 9 de noviembre de 2022 y expuesto al público en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cuevas de Almanzora. No se recibieron
alegaciones de ningún tipo al trámite de información pública.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla remitió
informe en relación con la solicitud de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del
proyecto presentado.
La modificación de la línea a 400 kV, Carril-Litoral 1 y 3, entre los apoyos T-99 y
T-103, se justifica en la necesidad de variar el tendido de la línea como consecuencia del
proyecto de construcción de la Plataforma del Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad
Murcia-Almería (tramo Pulpí-Cuevas de Almazora). En este sentido y al amparo de lo
establecido en el artículo 154 del Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) ha solicitado a Red Eléctrica la modificación de la citada línea para
reglamentar la zona de influencia del citado proyecto con la mencionada línea eléctrica,
siendo preciso realizar una modificación en el tramo comprendido entre los apoyos T-99
y T-103 dentro del término municipal de Cuevas de Almanzora, en la provincia de
Almería, implicando variación en la traza actual de la línea eléctrica.
De acuerdo con los artículos 128, 131 y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la
actuación objeto de esta propuesta de resolución.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la
modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, Carril-Litoral 1
y 3, entre los apoyos T-99 y T-103, en el término municipal de Cuevas de Almanzora,
provincia de Almería.
cve: BOE-A-2024-13166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157