III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-13161)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Industria, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura, para el establecimiento de Puntos de Atención al Emprendedor integrados en la Red CIRCE.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74875
Las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretación, aplicación y cumplimiento
del presente convenio y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de
Seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden
jurisdiccional contencioso administrativo radicados en Madrid.
Decimoctava. Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Y en prueba de conformidad firman las partes el presente documento.–Por el
Ministerio de Industria y Turismo, P.D. (Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre, BOE
de 6 de diciembre de 2023), la Secretaria de Estado de Industria, Rebeca Mariola Torró
Soler.–Por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de
Extremadura, P.A. (Decreto de la Presidenta 29/2023, de 16 de agosto, DOE
número 164, de 25 de agosto), el Consejero de Economía, Empleo y Transformación
Digital de la Junta de Extremadura, Guillermo Santamaría Galdón.
ANEXO I
Documento de adhesión al convenio entre la Administración General del Estado,
a través del Ministerio de Industria y Turismo [Dirección General de Estrategia Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGEIPYME)] y Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, para el establecimiento de Puntos
de Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la Red CIRCE
Datos de la organización:
– Nombre:
– Domicilio:
– NIF:
Datos del representante:
– Nombre y apellidos:
– NIF del representante:
– Cargo en la organización:
Declaración de solicitud de adhesión:
1. Que es una organización integrada, vinculada o dependiente de Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura.
2. Que ha acordado solicitar la adhesión al Convenio entre la Administración General
del Estado, a través del Ministerio de Industria y Turismo [Dirección General de Estrategia
Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGEIPYME)] y Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, para el establecimiento de
Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la red CIRCE.
3. Que dicha organización conoce los términos de dicho convenio, comprometiéndose
a cumplir todas sus cláusulas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-13161
Verificable en https://www.boe.es
Esta organización, por medio de su representante, declara:
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74875
Las cuestiones litigiosas que surgieran en la interpretación, aplicación y cumplimiento
del presente convenio y no pudieren ser resueltas en el seno de la Comisión de
Seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden
jurisdiccional contencioso administrativo radicados en Madrid.
Decimoctava. Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Y en prueba de conformidad firman las partes el presente documento.–Por el
Ministerio de Industria y Turismo, P.D. (Orden ITU/1307/2023, de 5 de diciembre, BOE
de 6 de diciembre de 2023), la Secretaria de Estado de Industria, Rebeca Mariola Torró
Soler.–Por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de
Extremadura, P.A. (Decreto de la Presidenta 29/2023, de 16 de agosto, DOE
número 164, de 25 de agosto), el Consejero de Economía, Empleo y Transformación
Digital de la Junta de Extremadura, Guillermo Santamaría Galdón.
ANEXO I
Documento de adhesión al convenio entre la Administración General del Estado,
a través del Ministerio de Industria y Turismo [Dirección General de Estrategia Industrial
y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGEIPYME)] y Consejería de Economía, Empleo
y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, para el establecimiento de Puntos
de Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la Red CIRCE
Datos de la organización:
– Nombre:
– Domicilio:
– NIF:
Datos del representante:
– Nombre y apellidos:
– NIF del representante:
– Cargo en la organización:
Declaración de solicitud de adhesión:
1. Que es una organización integrada, vinculada o dependiente de Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura.
2. Que ha acordado solicitar la adhesión al Convenio entre la Administración General
del Estado, a través del Ministerio de Industria y Turismo [Dirección General de Estrategia
Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGEIPYME)] y Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, para el establecimiento de
Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) integrados en la red CIRCE.
3. Que dicha organización conoce los términos de dicho convenio, comprometiéndose
a cumplir todas sus cláusulas.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-13161
Verificable en https://www.boe.es
Esta organización, por medio de su representante, declara: