III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13016)
Resolución de 16 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Orihuela n.º 1, por la que se deniega la inscripción de una rectificación de superficie y de la georreferenciación de la finca, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74355
Coordenadas. (…)
Iniciado el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria el 10 de enero
de 2024, fueron citados los siguientes titulares catastrales y registrales colindantes:
– Ayuntamiento de Orihuela, titular de la finca registral desconocida y de la parcela
con referencia catastral 03099A065090090000TE.
– A. M. Y., titular de la finca registral 03048000140668 y de la parcela con referencia
catastral 03099A065001350000TM.
– A. H. F., titular de la finca registral 23949 (03048000140668), 43862
(03048000277739) y de la parcela con referencia catastral 03099A065001350000TM.
– A. M. M. M., titular de la finca registral 03048000140668 y de la parcela con
referencia catastral 03099A065001350000TM.
– R. T. J. J., titular de la finca registral desconocida y de la parcela con referencia
catastral 03099A065002790001YJ.
– A. H. F., titular de la finca registral 23949 (03048000140668), 43862
(03048000277739) y de la parcela con referencia catastral 03099A065001350000TM.
– A. M. Y., titular de la finca registral 03048000140668 y de la parcela con referencia
catastral 03099A065001350000TM.
Alegaciones. Dentro del plazo legalmente previsto para alegaciones ha comparecido,
el 6 de septiembre de 2023, A. H. F. para realizar las siguientes alegaciones:
Informe pericial.
3.
Antecedentes y descripción de las fincas registrales.
D. F. A. H. es propietario de la parcela 135 del polígono 65 del (…) en
Orihuela (Alicante), con número de referencia catastral 03099A065001350000TM y
superficie catastral de 6.391m2, adjuntamos como número 2 de documentos uno,
consulta descriptiva y gráfica de datos Catastrales de la citada parcela.
cve: BOE-A-2024-13016
Verificable en https://www.boe.es
1.º Que en fecha de 10 de agosto de 2.023 se ha notificado al compareciente la
resolución adoptada en el expediente de alteración de superficie instado por
doña M. R. G. R. en cuanto a la finca registral 76.899 (0348000454758), con referencia
catastral número 03099A065001360000TO y 002005600XH8280001EA.
2.º Que dicho traslado se efectúa al dicente y otros al resultar los mismos
propietarios de la finca registral 23.949 y 43.862, colindante con las propiedades de la
solicitante.
3.º Que esta parte viene a mostrar su oposición a la solicitud de alteración de la
superficie pretendida de contrario, esto, al incremento de la misma a trescientos
cincuenta y cinco metros y ochenta y seis decímetros cuadrados (./.355,86 m2./.).
4.º Que la presente oposición se sustenta en el informe pericial y georreferenciado
que se aporta a la presente bajo el número uno de los documentos, y que viene a
concluir que la pretensión deducida de contrario no se corresponde a la realidad, por
cuanto se pretende la inclusión en dicha nueva superficie registral de parte de las
propiedades del compareciente.
5.º Es de señalar que en la finca cuya alteración catastral y registral se pretende
incluso se incurre en error a la hora de determinar sus linderos, por cuanto señala que
por el viento oeste linda con F. A. H. y por el viento este con J. C. R., cuando de los
planos que obran en el informe pericial aportado, se desprende que por el viento Este se
linda con propiedad del compareciente y por el viento oeste, con propiedad de D. J. C. R.
6.º Por ello, de conformidad con el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, y habiéndose
formulado, dentro de legal plazo y forma, escrito de alegaciones donde se acredita que la
pretensión de alteración de la contraparte invade la propiedad del compareciente, se
proceda a la denegación de la inscripción pretendida de contrario.
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74355
Coordenadas. (…)
Iniciado el procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria el 10 de enero
de 2024, fueron citados los siguientes titulares catastrales y registrales colindantes:
– Ayuntamiento de Orihuela, titular de la finca registral desconocida y de la parcela
con referencia catastral 03099A065090090000TE.
– A. M. Y., titular de la finca registral 03048000140668 y de la parcela con referencia
catastral 03099A065001350000TM.
– A. H. F., titular de la finca registral 23949 (03048000140668), 43862
(03048000277739) y de la parcela con referencia catastral 03099A065001350000TM.
– A. M. M. M., titular de la finca registral 03048000140668 y de la parcela con
referencia catastral 03099A065001350000TM.
– R. T. J. J., titular de la finca registral desconocida y de la parcela con referencia
catastral 03099A065002790001YJ.
– A. H. F., titular de la finca registral 23949 (03048000140668), 43862
(03048000277739) y de la parcela con referencia catastral 03099A065001350000TM.
– A. M. Y., titular de la finca registral 03048000140668 y de la parcela con referencia
catastral 03099A065001350000TM.
Alegaciones. Dentro del plazo legalmente previsto para alegaciones ha comparecido,
el 6 de septiembre de 2023, A. H. F. para realizar las siguientes alegaciones:
Informe pericial.
3.
Antecedentes y descripción de las fincas registrales.
D. F. A. H. es propietario de la parcela 135 del polígono 65 del (…) en
Orihuela (Alicante), con número de referencia catastral 03099A065001350000TM y
superficie catastral de 6.391m2, adjuntamos como número 2 de documentos uno,
consulta descriptiva y gráfica de datos Catastrales de la citada parcela.
cve: BOE-A-2024-13016
Verificable en https://www.boe.es
1.º Que en fecha de 10 de agosto de 2.023 se ha notificado al compareciente la
resolución adoptada en el expediente de alteración de superficie instado por
doña M. R. G. R. en cuanto a la finca registral 76.899 (0348000454758), con referencia
catastral número 03099A065001360000TO y 002005600XH8280001EA.
2.º Que dicho traslado se efectúa al dicente y otros al resultar los mismos
propietarios de la finca registral 23.949 y 43.862, colindante con las propiedades de la
solicitante.
3.º Que esta parte viene a mostrar su oposición a la solicitud de alteración de la
superficie pretendida de contrario, esto, al incremento de la misma a trescientos
cincuenta y cinco metros y ochenta y seis decímetros cuadrados (./.355,86 m2./.).
4.º Que la presente oposición se sustenta en el informe pericial y georreferenciado
que se aporta a la presente bajo el número uno de los documentos, y que viene a
concluir que la pretensión deducida de contrario no se corresponde a la realidad, por
cuanto se pretende la inclusión en dicha nueva superficie registral de parte de las
propiedades del compareciente.
5.º Es de señalar que en la finca cuya alteración catastral y registral se pretende
incluso se incurre en error a la hora de determinar sus linderos, por cuanto señala que
por el viento oeste linda con F. A. H. y por el viento este con J. C. R., cuando de los
planos que obran en el informe pericial aportado, se desprende que por el viento Este se
linda con propiedad del compareciente y por el viento oeste, con propiedad de D. J. C. R.
6.º Por ello, de conformidad con el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, y habiéndose
formulado, dentro de legal plazo y forma, escrito de alegaciones donde se acredita que la
pretensión de alteración de la contraparte invade la propiedad del compareciente, se
proceda a la denegación de la inscripción pretendida de contrario.