III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-13034)
Resolución de 10 de mayo de 2024, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas y trabajos de fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Jueves 27 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 74476

2. Supervisar las prácticas externas/TFM, estableciendo los mecanismos adecuados
para su seguimiento y evaluación, designando una persona que ejercerá la tutela
académica, que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con la
tutora o tutor del SEPIE en todos aquellos aspectos que afecten al mismo, así como
aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
Cuarta.

Derechos y obligaciones del SEPIE como entidad colaboradora.

Durante el tiempo de vigencia de este Convenio, el SEPIE gozará del título de
entidad colaboradora en prácticas externas de la UAM.
A.

Derechos.

En dicha condición de entidad colaboradora, se reconocen al SEPIE los siguientes
derechos:
1. Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del Centro de
la UAM correspondiente.
2. Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información
acerca de la normativa que regula las prácticas externas.
3. Durante el curso académico en que desarrollen su labor de tutorización, las
personas que ejerzan la tutela profesional tendrán acceso a todos los servicios de la UAM,
en iguales condiciones que el resto de participantes de AlumniUAM (acceso al servicio de
biblioteca, acceso al servicio de deportes, acceso al abono del ciclo de conciertos,
utilización de la fonoteca, acceso a actividades culturales, entre otras). En todo caso
podrán formar parte de AlumniUAM+, conforme a las condiciones que se establecen en
el Programa AlumniUAM (https://alumni.uam.es/sumate/hazte-alumniuam). Asimismo, el
Centro de la UAM correspondiente podrá organizar, individualmente o en colaboración con
otras entidades, actividades de formación dirigidas a los tutores profesionales.
4. A partir del segundo año de colaboración en la tutela profesional, una vez
finalizadas las prácticas externas, y considerando su labor, a propuesta del mencionado
Centro y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAM, se podrá recibir el
nombramiento de Profesorado Honorario de la UAM.
B. Obligaciones.

1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar que el
estudiantado pueda realizar sus exámenes y el resto de actividad académica, formativa y
de representación y participación, que sea comunicada con suficiente antelación.
2. Nombrar a una tutora o tutor que se responsabilizará de la formación de cada
estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando a la persona que ejerza la tutela
académica del centro de la UAM donde esté matriculado cada estudiante el informe de
aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que con carácter general
constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el grado de
aprovechamiento y participación, su rendimiento y las competencias adquiridas.
Asimismo, deberá informar de las modificaciones y de cualquier incidencia que pueda
producirse durante las prácticas.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFM, el estudiantado deberá
contar con un/a responsable o tutor/a en nombre de la entidad que actuará de forma
coordinada con su tutor/a en la Universidad, y de acuerdo a la normativa general
del TFM y a la normativa específica aprobada para su titulación. Asimismo, se encargará
de emitir un informe razonado a la finalización de la estancia de TFM.
4. Manifestar que posee los medios materiales y servicios disponibles que permiten
garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los

cve: BOE-A-2024-13034
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, como entidad colaboradora, el SEPIE asume las siguientes obligaciones: