I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Presupuestos. (BOE-A-2024-12946)
Orden HAC/641/2024, de 25 de junio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 74069

Asimismo, las entidades incluidas en el presente apartado remitirán a la Secretaría
General de Fondos Europeos, antes del 8 de julio de 2024, una relación de los proyectos
de inversión y otras partidas de gasto que sean susceptibles de ser financiados con
fondos de la Unión Europea.
4. Consorcios, universidades públicas no transferidas, fondos sin personalidad
jurídica y restantes entidades de derecho público del sector público administrativo estatal
con presupuesto estimativo del artículo 2.2.b).2.º de la presente orden. Las entidades del
artículo 2.2.b).2.º de la presente orden cumplimentarán y remitirán a la Dirección General
de Presupuestos, a través de la oficina presupuestaria del departamento ministerial del
que dependan y antes del 8 de julio de 2024, sus propuestas de presupuestos de
explotación y de capital, que se incorporarán al anteproyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado, así como una memoria explicativa de sus contenidos, la ejecución
de los presupuestos del ejercicio anterior y la previsión de la ejecución de los del
ejercicio corriente.
Adicionalmente, remitirán una descripción de las inversiones que vayan a realizar en
el ejercicio, con expresión de los objetivos que se pretenden conseguir, así como un
anexo de sus proyectos de inversión territorializados por provincias, con indicación del
año de inicio del proyecto.
La codificación de los proyectos susceptibles de ser financiados con cargo a los
fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia comenzará por los dígitos 68.
Dado que el campo de codificación de los proyectos presenta 4 dígitos (de los que 2 van
a ser utilizados para identificar los citados proyectos), en caso de ser necesario se
habilitarán los dígitos 69, 70 y así sucesivamente hasta el 77, como identificadores.
Los presupuestos de explotación y capital de la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED) aprobados por el Consejo Social, o en su defecto el proyecto
aprobado por su Consejo de Gobierno, se unirán a los presupuestos de aquellos centros
asociados a los que resulte de aplicación la adaptación del Plan General de Contabilidad
Pública aprobada por la Intervención General de la Administración del Estado mediante
Resolución de 10 de octubre de 2018, al objeto de su incorporación de forma agregada o
consolidada en los Presupuestos Generales del Estado. Adicionalmente la UNED
presentará sus presupuestos de forma individualizada.
Toda la documentación anteriormente referida, junto con los estados financieros
complementarios, se ajustará a los formatos que se detallen en la resolución que al
efecto establezca la Dirección General de Presupuestos.
Asimismo, las entidades incluidas en el presente apartado remitirán a la Secretaría
General de Fondos Europeos, antes del 8 de julio de 2024, una relación de los proyectos
de inversión y otras partidas de gasto que sean susceptibles de ser financiados con
fondos de la Unión Europea.
5. Articulado del anteproyecto de ley. Los Ministerios deberán remitir a la Secretaría
de Estado de Presupuestos y Gastos, antes del 8 de julio de 2024, exclusivamente por
medios electrónicos, las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya
inclusión en el articulado del anteproyecto de la Ley de Presupuestos consideren
procedente, acompañadas de una memoria explicativa de la conexión del articulado
propuesto con las habilitaciones de gasto, las previsiones de ingreso o la política
económica del Gobierno, cuantificando, en su caso, el efecto de la norma propuesta
sobre las cifras de ingresos o gastos que se han de presupuestar.
6. Informe de impacto de género. El Informe de impacto de género estará
constituido por tres capítulos principales referidos a la Realidad, Representación y
Recursos-Resultados.
El apartado de Realidad se realizará en colaboración con el Instituto Nacional de
Estadística, trabajando en los indicadores más relevantes con el propósito de realizar un
diagnóstico de la realidad de género en la sociedad española. El segundo apartado,
relativo a la Representación, analizará la situación y representación de mujeres y
hombres en la Administración General del Estado. Por último, el apartado de RecursosResultados estará constituido por los informes que los departamentos ministeriales

cve: BOE-A-2024-12946
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Núm. 155