III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-12927)
Resolución de 9 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para el nuevo parque de transformación 220/132 kV denominado "Algeciras 132 kV", la ampliación de la subestación "Algeciras 220 kV", la línea eléctrica subterráneo-submarina, doble circuito a 132 kV, "Algeciras-Virgen de África" y la nueva subestación "Virgen de África 132 kV", que forman parte del enlace de interconexión eléctrica Península-Ceuta entre San Roque (Cádiz) y la Ciudad Autónoma de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73896

virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Posteriormente y de manera extemporánea, el Ayuntamiento de San Roque remitió
informe en el que se manifiesta su disconformidad, alegando principalmente cuestiones
en materia urbanística.
Compañía Española de Petróleo, SA (CEPSA) ha remitido escrito en el que
manifiesta afecciones de las instalaciones proyectadas a bienes y derechos de su
titularidad. Trasladado el escrito de CEPSA a Red Eléctrica, esta remitió reparos,
manifestando CEPSA de nuevo su no conformidad. Posteriormente, Red Eléctrica emitió
una nueva respuesta a la cual CEPSA ha respondido manifestando su conformidad.
Vodafone ONO, SAU y Vodafone España remitieron escrito en el que solicita
información adicional que le permita identificar las afecciones a bienes de su titularidad
para poder emitir su conformidad o reparos, así como aclaración de si se ha notificado a
International Cable Protection Committee (ICPC), organismo internacional que coordina
la protección de cables submarinos entre 170 países. Traslado el escrito de Vodafone a
Red Eléctrica, esta respondió remitiendo la documentación solicitada y
comprometiéndose a informar a ICPC. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a
Vodafone, no se recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad en virtud de
lo dispuesto en los artículos 127.4 y 131.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre. Posteriormente, Red Eléctrica ha manifestado que notificará a ICPC dos
meses antes de la realización de los trabajos.
GTD Cableado de Redes Inteligentes, SL, remitió escrito en el que manifiesta
afecciones al cable de fibra óptica submarina de su titularidad, Dos Continentes I,
solicitando que el trazado planteado no se interponga en paralelo con la red ejecutada
por GTD y se separe dos millas náuticas del eje de la servidumbre del cable de fibra
óptica. Igualmente, GDT solicita que se tengan en cuenta los cruces necesarios por parte
de Red Eléctrica para proteger la trazada del cable de fibra óptica a lo largo de toda su
servidumbre, realizando un proyecto específico para estos cruces que sea validado por
el personal de GTD España. Traslado el escrito de GTD a Red Eléctrica, esta respondió
solicitando que le sea remitido trazado en un kmz actualizado, ya que en los documentos
que Red Eléctrica dispone, el trazado originario del cable de GDT seguía una ruta más al
norte, comprometiéndose a llevar a cabo las actuaciones técnicas necesarias para
proteger correctamente los puntos de cruzamiento de todo el cable a lo largo de su
trazado. Trasladada la respuesta de Red Eléctrica a GTD, no se recibió contestación, por
lo que se entiende la conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Autoridad Portuaria de Algeciras, el Servicio de Ordenación del
Territorio y Urbanismo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, el Ayuntamiento de La Línea de
la Concepción, el Ayuntamiento de Ceuta, la Demarcación de Costas de AndalucíaAtlántico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la
Demarcación de Costas de Andalucía-Mediterráneo del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, la Diputación Provincial de Cádiz, la Dirección General
de Energía de la Junta de Andalucía, Agua y Residuos del Campo de Gibraltar, SA
(ARCGISA), Repsol, SA, Endesa Distribución Eléctrica, SLU., Redexis Gas Distribución,
SA, Endesa Generación, SA, la Federación Andaluza de Cofradías de Pescadores, Enel
Group, la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, SAU (EAEC), Global
Cloud Xchange (GCX), AT&T Global Network Services España, SL, Cellnex Telecom
España, SL, MTN GROUP LIMITED (MTN), ORANGE España Servicios de
Telemarketing, SAU, Belgacom International Carrier Services (BICS), Columbus
Consorcio Telxius Cable España, SL, no se recibió contestación por su parte, por lo que
se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Adicionalmente, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con
lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante Anuncio
del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla de fecha 5

cve: BOE-A-2024-12927
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Núm. 154