I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Transporte marítimo. (BOE-A-2024-12861)
Real Decreto 587/2024, de 25 de junio, sobre prescripciones específicas de estabilidad aplicables a los buques de pasaje de transbordo rodado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 73531
Angle of equilibrium: ángulo de equilibrio.
Heel angle (deck edge not immersed): ángulo de escora (borde de cubierta no
sumergido).
Heel angle (deck angle point of immersion): ángulo de escora (punto de sumersión
del ángulo de la cubierta).
Heel angle (deck edge immersed): ángulo de escora (borde de cubierta sumergido).
4. Si los cálculos efectuados para demostrar el cumplimiento de este real decreto
se refieren a una altura significativa de ola inferior a 4,0 m, dicha altura inferior deberá
registrarse en el certificado de seguridad del buque de pasajeros.
Apartados 1.4 y 1.5
En lugar del certificado de conformidad con las nuevas condiciones de estabilidad de
los apartados 1.1 o 1.3, la Administración podrá aceptar que la conformidad se certifique
mediante ensayos con modelo. Las especificaciones relativas a este tipo de ensayo se
presentan de forma pormenorizada en el apéndice del anexo I. La parte II de este anexo
incluye notas explicativas al respecto.
Apartado 1.6
Las curvas operativas límite (KG o GM) que establece la norma SOLAS 90 pueden
no ser aplicables en el supuesto de un volumen de agua en la cubierta conforme a lo
dispuesto en este real decreto, por lo que podrá ser necesario determinar curvas límite
revisadas que tengan en cuenta el efecto del agua adicional. Por consiguiente, conviene
efectuar cálculos con un número suficiente de valores de calados y asientos operativos.
Nota:
Las curvas operativas límite revisadas KG o GM podrán establecerse por iteración. El
GM mínimo excedentario que se obtiene calculando de estabilidad después de avería
incluido el volumen de agua en la cubierta se añade al valor de KG (o se deduce de GM)
que se utiliza para calcular los valores de francobordo (fr) con avería y que determinan
los volúmenes de agua de mar acumulada en la cubierta. Este procedimiento se repite
hasta que el GM excedentario alcance un valor insignificante.
Se presupone que los operadores iniciarán esta iteración con valores de KG
máximos y GM mínimos correspondientes a valores de operación razonables y adaptar
la cubierta de compartimentado para reducir al mínimo el GM excedentario que se
obtiene calculando la estabilidad después de avería incluido el volumen de agua
acumulado en la cubierta.
Apartado 2.1
Como en las prescripciones de la norma SOLAS aplicables con avería, los
mamparos situados dentro de la línea B/5 se considerarán intactos en caso de avería
lateral por colisión.
Si se instalan barbetas laterales salientes para cumplir la regla II/1/B/8, con lo que
aumenta la manga (B) del buque y, por ende, la distancia B/5 con respecto a los
costados de éste, esta modificación no deberá suponer la reubicación de partes
estructurales existentes ni de los pasos de los principales mamparos estancos
transversales debajo de la cubierta de compartimentado (véase la figura 5).
cve: BOE-A-2024-12861
Verificable en https://www.boe.es
Apartado 2.2
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 73531
Angle of equilibrium: ángulo de equilibrio.
Heel angle (deck edge not immersed): ángulo de escora (borde de cubierta no
sumergido).
Heel angle (deck angle point of immersion): ángulo de escora (punto de sumersión
del ángulo de la cubierta).
Heel angle (deck edge immersed): ángulo de escora (borde de cubierta sumergido).
4. Si los cálculos efectuados para demostrar el cumplimiento de este real decreto
se refieren a una altura significativa de ola inferior a 4,0 m, dicha altura inferior deberá
registrarse en el certificado de seguridad del buque de pasajeros.
Apartados 1.4 y 1.5
En lugar del certificado de conformidad con las nuevas condiciones de estabilidad de
los apartados 1.1 o 1.3, la Administración podrá aceptar que la conformidad se certifique
mediante ensayos con modelo. Las especificaciones relativas a este tipo de ensayo se
presentan de forma pormenorizada en el apéndice del anexo I. La parte II de este anexo
incluye notas explicativas al respecto.
Apartado 1.6
Las curvas operativas límite (KG o GM) que establece la norma SOLAS 90 pueden
no ser aplicables en el supuesto de un volumen de agua en la cubierta conforme a lo
dispuesto en este real decreto, por lo que podrá ser necesario determinar curvas límite
revisadas que tengan en cuenta el efecto del agua adicional. Por consiguiente, conviene
efectuar cálculos con un número suficiente de valores de calados y asientos operativos.
Nota:
Las curvas operativas límite revisadas KG o GM podrán establecerse por iteración. El
GM mínimo excedentario que se obtiene calculando de estabilidad después de avería
incluido el volumen de agua en la cubierta se añade al valor de KG (o se deduce de GM)
que se utiliza para calcular los valores de francobordo (fr) con avería y que determinan
los volúmenes de agua de mar acumulada en la cubierta. Este procedimiento se repite
hasta que el GM excedentario alcance un valor insignificante.
Se presupone que los operadores iniciarán esta iteración con valores de KG
máximos y GM mínimos correspondientes a valores de operación razonables y adaptar
la cubierta de compartimentado para reducir al mínimo el GM excedentario que se
obtiene calculando la estabilidad después de avería incluido el volumen de agua
acumulado en la cubierta.
Apartado 2.1
Como en las prescripciones de la norma SOLAS aplicables con avería, los
mamparos situados dentro de la línea B/5 se considerarán intactos en caso de avería
lateral por colisión.
Si se instalan barbetas laterales salientes para cumplir la regla II/1/B/8, con lo que
aumenta la manga (B) del buque y, por ende, la distancia B/5 con respecto a los
costados de éste, esta modificación no deberá suponer la reubicación de partes
estructurales existentes ni de los pasos de los principales mamparos estancos
transversales debajo de la cubierta de compartimentado (véase la figura 5).
cve: BOE-A-2024-12861
Verificable en https://www.boe.es
Apartado 2.2