III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12854)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas externas en materia de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Martes 25 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73487

Intervienen en función de sus respectivos cargos, que han quedado expresados, y en
el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, por lo que se reconocen
capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Que la Universidad Rey Juan Carlos es una institución destinada al servicio público
de la educación superior, donde la investigación y la innovación tecnológica constituyen
uno de sus pilares fundamentales. Por ello, la Universidad Rey Juan Carlos colabora
estrechamente con la comunidad científica y participa en programas para el intercambio
de docentes y alumnos.
Que la AESAN O.A. integra y desempeña en el marco competencial de la
Administración General del Estado las funciones relacionadas la seguridad alimentaria y
la nutrición saludable y asume entre sus competencias y objetivos colaborar con la
formación de universitarios en las áreas operativas empresariales, con objeto de que
estos completen sus conocimientos y experiencias, de manera que puedan alcanzar una
síntesis más personalizada y completa de su educación universitaria, de cara al mejor
desempeño de su trabajo profesional.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es la colaboración entre la AESAN O.A. y la
Universidad Rey Juan Carlos para complementar la formación de los alumnos de esta
última mediante un programa de prácticas externas vinculado a enseñanzas oficiales de
Grado y Máster impartidas por la Universidad Rey Juan Carlos, cuyo proyecto formativo
se desarrollará mediante acuerdo entre las partes.
El proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante durante su
periodo de prácticas en la AESAN O.A. consistirá en el estudio y el desarrollo de
conocimientos, destrezas y habilidades relacionadas con las competencias que esta
tiene atribuidas en sus estatutos, y que están relacionadas con la gestión de la seguridad
alimentaria y la promoción de la nutrición saludable, estando sujeto a variación
dependiendo de la unidad a la que finalmente sea destinado el alumno.
Compromisos de la AESAN O.A.

La AESAN O.A. recibirá a alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos para su
formación durante un período mínimo de tres meses, prorrogable de mutuo acuerdo
hasta un máximo total de nueve meses, en las fechas que se acuerden conjuntamente y
previa petición de la Universidad Rey Juan Carlos. El número máximo de alumnos que
podrá realizar las prácticas de forma simultánea en la AESAN O.A. será de tres. La
AESAN O.A. se responsabilizará de la formación de los alumnos durante su estancia y
designará para cada uno de ellos un responsable que actuará como tutora o tutor de
prácticas y que mantendrá las relaciones con el estudiante. Será también responsable de
garantizar la adecuada formación, la acogida y la buena gestión de la actividad educativa
objeto de este convenio.
Antes de la incorporación de los alumnos a la AESAN O.A., esta comunicará a la
Universidad Rey Juan Carlos las unidades concretas a las que se podrían incorporar
para su formación, en función de su disponibilidad, y el horario en el que se realizarán
las prácticas.
La AESAN O.A. y la URJC no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los
que este documento refleja. En particular, no derivará para la AESAN O.A. obligación

cve: BOE-A-2024-12854
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.