III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12790)
Resolución de 31 de mayo de 2024, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con el Organismo Autónomo Instituto Geográfico Nacional y la Universidad Politécnica de Madrid, para la creación de una Cátedra de investigación en el ámbito de las tecnologías aplicadas a la información geoespacial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Lunes 24 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73033
1.3 Apoyo y/o codirección a la realización de tesis doctorales en la temática de la
Cátedra.
1.4 Premios a tesis doctorales y proyectos fin de titulación en la temática de la
Cátedra.
1.5 Realización de talleres, conferencias y seminarios.
En el caso de que se organicen cursos al amparo de la Cátedra, estos deberán
acogerse a la Normativa de Enseñanzas Propias de la UPM.
2.
Actividades de difusión y transferencia de conocimiento.
2.1 Desarrollo y promoción de eventos y jornadas de divulgación científicotecnológica.
2.2 Publicaciones en temas de interés de la Cátedra.
2.3 Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas
entidades.
3.
Actividades de fomento de la I+D+i.
3.1 Búsqueda de financiación y socios para el desarrollo de proyectos de I+D
conjuntos.
3.2 Organización de foros de expertos en el área de interés de la Cátedra.
3.3 Otras que sean consideradas de interés mutuo dentro de las disponibilidades
de las partes y de las actividades que constituyen el objeto de la Cátedra.
En caso de que, a raíz de las actividades descritas anteriormente, se decida
acometer un proyecto de I+D+i, este será objeto de un contrato específico, al amparo del
artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, que deberá contener, entre
otros, los siguientes aspectos:
cve: BOE-A-2024-12790
Verificable en https://www.boe.es
a) Definición del trabajo y objetivos.
b) Descripción del plan de trabajo, que incluirá las distintas fases del mismo y la
cronología de su desarrollo.
c) Presupuesto total y medios materiales y humanos que requiera el citado
proyecto, especificando las fuentes de financiación.
d) Normas de coordinación, ejecución y seguimiento del proyecto.
e) Responsable del trabajo.
f) Titularidad de los derechos correspondientes a la explotación de la propiedad
intelectual e industrial creada como resultado del trabajo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 152
Lunes 24 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73033
1.3 Apoyo y/o codirección a la realización de tesis doctorales en la temática de la
Cátedra.
1.4 Premios a tesis doctorales y proyectos fin de titulación en la temática de la
Cátedra.
1.5 Realización de talleres, conferencias y seminarios.
En el caso de que se organicen cursos al amparo de la Cátedra, estos deberán
acogerse a la Normativa de Enseñanzas Propias de la UPM.
2.
Actividades de difusión y transferencia de conocimiento.
2.1 Desarrollo y promoción de eventos y jornadas de divulgación científicotecnológica.
2.2 Publicaciones en temas de interés de la Cátedra.
2.3 Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas
entidades.
3.
Actividades de fomento de la I+D+i.
3.1 Búsqueda de financiación y socios para el desarrollo de proyectos de I+D
conjuntos.
3.2 Organización de foros de expertos en el área de interés de la Cátedra.
3.3 Otras que sean consideradas de interés mutuo dentro de las disponibilidades
de las partes y de las actividades que constituyen el objeto de la Cátedra.
En caso de que, a raíz de las actividades descritas anteriormente, se decida
acometer un proyecto de I+D+i, este será objeto de un contrato específico, al amparo del
artículo 60 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, que deberá contener, entre
otros, los siguientes aspectos:
cve: BOE-A-2024-12790
Verificable en https://www.boe.es
a) Definición del trabajo y objetivos.
b) Descripción del plan de trabajo, que incluirá las distintas fases del mismo y la
cronología de su desarrollo.
c) Presupuesto total y medios materiales y humanos que requiera el citado
proyecto, especificando las fuentes de financiación.
d) Normas de coordinación, ejecución y seguimiento del proyecto.
e) Responsable del trabajo.
f) Titularidad de los derechos correspondientes a la explotación de la propiedad
intelectual e industrial creada como resultado del trabajo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X