I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Juego. (BOE-A-2024-12639)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba el Modelo de datos del sistema de monitorización de la información y se modifican los anexos I de las Resoluciones de 6 de octubre de 2014, y de 12 de julio de 2012, relativas a las especificaciones técnicas y a la identificación y prohibiciones subjetivas a la participación en las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 72310
operador en el caso de los operadores que dispongan de licencia en España, y por un
agregado por jurisdicción para el resto de los operadores.
3.4.3.3
Registro BOT: Botes y partidas vivas.
Información en la cuenta de botes y partidas vivas.
La cuenta de botes y partidas vivas es un reflejo de los importes de las
participaciones en los juegos que, al final del periodo considerado, todavía no se han
repartido en premios, bien porque se han incorporado a botes, bien porque las partidas
no han finalizado.
Operadores obligados.
La cuenta de botes y partidas vivas debe comunicarla todo operador que gestione el
desarrollo del juego, ya sea de manera completa o gestionando la red. Los operadores
adscritos a una red que no gestionen el juego no deben informarla.
La cuenta de botes deberá ser reportada por los operadores que gestionen los
fondos para botes directamente. En los casos de juegos en red será el operador
coorganizador quien presentará la información correspondiente a botes.
En la cuenta de Botes se incluirán todos los botes activos en el periodo. Un bote está
activo desde el momento en que los participantes pueden contribuir al mismo, hasta que
se cierra, normalmente por el reparto de todos los premios asociados o, en su caso, por
el redireccionamiento a otro bote. Por tanto, en la cuenta de botes se incluirán todos los
botes que se hayan comercializado durante el periodo, independientemente de que su
comercialización se hubiera iniciado en un periodo anterior, o de que hayan finalizado
durante el periodo considerado.
Los botes se identificarán de forma individualizada.
La cuenta de partidas vivas será reportada por los operadores que gestionen juegos
de Apuestas, Torneos de póquer y Concursos. En los casos de juegos en red será el
operador coorganizador quien presentará la información correspondiente a partidas
vivas.
El operador podrá solicitar a la DGOJ la no inclusión en el registro de otros juegos en
los que las partidas tengan una duración inferior a un día, contada desde el momento en
que se inicia la comercialización hasta el momento en que se reconocen los premios.
Dada la dinámica de los juegos de Póquer cash, Ruleta, Blackjack, Punto y banca,
Bingo, Máquinas de azar y Juegos complementarios, la información de partidas vivas no
ha de ser reportada. La Dirección General de Ordenación del Juego podrá requerir al
operador para que se incluya la información de partidas vivas en los casos en que su
volumen sea significativo.
Periodicidad.
cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es
La periodicidad de generación del registro será mensual.
Núm. 151
Sábado 22 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 72310
operador en el caso de los operadores que dispongan de licencia en España, y por un
agregado por jurisdicción para el resto de los operadores.
3.4.3.3
Registro BOT: Botes y partidas vivas.
Información en la cuenta de botes y partidas vivas.
La cuenta de botes y partidas vivas es un reflejo de los importes de las
participaciones en los juegos que, al final del periodo considerado, todavía no se han
repartido en premios, bien porque se han incorporado a botes, bien porque las partidas
no han finalizado.
Operadores obligados.
La cuenta de botes y partidas vivas debe comunicarla todo operador que gestione el
desarrollo del juego, ya sea de manera completa o gestionando la red. Los operadores
adscritos a una red que no gestionen el juego no deben informarla.
La cuenta de botes deberá ser reportada por los operadores que gestionen los
fondos para botes directamente. En los casos de juegos en red será el operador
coorganizador quien presentará la información correspondiente a botes.
En la cuenta de Botes se incluirán todos los botes activos en el periodo. Un bote está
activo desde el momento en que los participantes pueden contribuir al mismo, hasta que
se cierra, normalmente por el reparto de todos los premios asociados o, en su caso, por
el redireccionamiento a otro bote. Por tanto, en la cuenta de botes se incluirán todos los
botes que se hayan comercializado durante el periodo, independientemente de que su
comercialización se hubiera iniciado en un periodo anterior, o de que hayan finalizado
durante el periodo considerado.
Los botes se identificarán de forma individualizada.
La cuenta de partidas vivas será reportada por los operadores que gestionen juegos
de Apuestas, Torneos de póquer y Concursos. En los casos de juegos en red será el
operador coorganizador quien presentará la información correspondiente a partidas
vivas.
El operador podrá solicitar a la DGOJ la no inclusión en el registro de otros juegos en
los que las partidas tengan una duración inferior a un día, contada desde el momento en
que se inicia la comercialización hasta el momento en que se reconocen los premios.
Dada la dinámica de los juegos de Póquer cash, Ruleta, Blackjack, Punto y banca,
Bingo, Máquinas de azar y Juegos complementarios, la información de partidas vivas no
ha de ser reportada. La Dirección General de Ordenación del Juego podrá requerir al
operador para que se incluya la información de partidas vivas en los casos en que su
volumen sea significativo.
Periodicidad.
cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es
La periodicidad de generación del registro será mensual.