I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Juego. (BOE-A-2024-12639)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba el Modelo de datos del sistema de monitorización de la información y se modifican los anexos I de las Resoluciones de 6 de octubre de 2014, y de 12 de julio de 2012, relativas a las especificaciones técnicas y a la identificación y prohibiciones subjetivas a la participación en las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Sábado 22 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 72309

GGR.

Se registrará el importe de ganancia bruta del operador en el periodo,
indicando las cantidades en euros.
(+/-) Las ganancias se reflejarán con signo negativo, en caso contrario
con signo positivo.
Cuando se trata de un operador adscrito a una red el GGR proviene
del reparto de las ganancias de la red.

FechaInicioOferta.

Fecha en la que comenzó la oferta del juego reportado.

Controles Principales.
– Cálculo de la Ganancia Bruta del Operador (GGR).
– Correspondencia entre los ingresos procedentes de la red reportados por el
operador adscrito a la red y los reportados por el operador de red.
– Cuando el operador gestiona el juego de forma completa en el desglose de
operador indicará su propio código de operador.
– El Total y el Desglose de todos los movimientos reportados deben coincidir en
todos los casos.
3.4.3.2

Registro ORT: Cuenta del operador de red.

Información en la cuenta de operador coorganizador.
La cuenta del operador es un reflejo de la cuenta de ingresos por juego generados
en un juego gestionado en red. Deberá permitir el cálculo de los ingresos brutos (GGR,
gross gaming revenue) del juego coorganizado y su distribución entre los operadores
adscritos a la red de operadores.
En el desglose de operador se repartirán las cantidades por los operadores que
proporcionan los clientes a la red de juego.
Operadores obligados.
La cuenta de operador deberá ser reportada por los operadores coorganizadores por
cada uno de los tipos de juego que gestionan.
Juegos ofertados en un entorno de liquidez internacional.
En los juegos ofertados en un entorno de liquidez internacional en los que participe al
menos un jugador con registro de usuario español, deberán reportarse:
– Por las operaciones de operadores de la jurisdicción española, los datos
agregados por operador.
– Por las operaciones de operadores de otras jurisdicciones, los datos agregados
por jurisdicción. Por ejemplo, en el caso de Francia se reportará OperadorId=FR, IT para
Italia y PT para Portugal.
Periodicidad.
Se incluirá la información registrada en la plataforma del operador durante

Contenido del registro.
La estructura y contenido es igual que la del registro OPT, teniendo en cuenta que los
apuntes vendrán desglosados por operador que ha aportado los participantes a la red.
En la Ganancia Bruta del Operador (GGR) se reflejará el GGR total de la red y en los
Ajustes de Red el desglose por cada uno de los operadores que aportan jugadores.
En el caso de juegos ofertados en un entorno de liquidez internacional, el gestor de
liquidez internacional deberá informar de las magnitudes económicas desglosándolas por

cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es

Mensual.
el periodo.