I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Juego. (BOE-A-2024-12639)
Resolución de 6 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueba el Modelo de datos del sistema de monitorización de la información y se modifican los anexos I de las Resoluciones de 6 de octubre de 2014, y de 12 de julio de 2012, relativas a las especificaciones técnicas y a la identificación y prohibiciones subjetivas a la participación en las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Sábado 22 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 72299

Periodicidad de la información.
Mensual: El registro contendrá el total de los participantes existentes en la plataforma
de juego, independientemente de si han experimentado o no modificaciones en sus
datos durante el periodo, o de si su estado es activo o no.
Contenido del registro.

NumeroJugadores.

Número total de jugadores al finalizar el periodo reportado
cualquiera que sea su estado.
El NumeroJugadores debe coincidir con el NumeroJugadores del
periodo anterior más las altas menos las bajas del periodo actual.
El NumeroJugadores debe coincidir con la suma de
NumeroJugadoresPorEstado.

NumeroAltas.

Número de participantes dados de alta en la plataforma de juego
durante el periodo.

NumeroBajas.

Número de participantes dados de baja en la plataforma de juego
durante el periodo.
Un participante se considera que es baja en la plataforma de
juego cuando su registro es borrado de dicha plataforma, sin
menoscabo de que exista en otras bases de datos y backups en
cumplimiento de la normativa.
En el caso de que el participante pasa de un estado a otro
diferente, pero su registro sigue existiendo en la plataforma de
juego, entonces no se contabiliza como baja. Ese participante se
contabiliza en el estado correspondiente.

NumeroActividad.

Número de usuarios con actividad durante periodo.
Número de jugadores que hayan realizado al menos una apuesta
en euros durante el periodo.

NumeroTest.

Número de jugadores de test reportados en el periodo.

NumeroJugadoresPorEstado.

Se indicará el número de jugadores clasificados en cada uno de
los estados de la DGOJ.

NumeroJugadoresPorPerfil.

Se indicará el número de jugadores clasificados por cada uno de
los perfiles especiales.

Controles principales.
– La suma de todos los jugadores agrupados por estados debe ser igual al número
total de jugadores.
– La suma de los jugadores del Registro de Usuario Detallado (RUD) mensual
debe coincidir con el número de jugadores reportados en el Registro de Usuario
Totalizada (RUT).
– La suma de los jugadores del Registro de Usuario de los operadores de Red
(RUR) debe coincidir con el número de jugadores reportados en el Registro de Usuario
Totalizada (RUT).
Registro RUR: Registro de usuario en la red.

Información en el registro de usuario en la red.
El registro de usuario en la red recoge los datos de identificación de los participantes
en la red coorganizada, estos datos se corresponderán con el identificador del operador
en el cual está registrado el jugador y su identificador en dicho operador, además debe
incluir el estado del participante en la plataforma de juego (activo, suspendido,
bloqueado, …).

cve: BOE-A-2024-12639
Verificable en https://www.boe.es

3.4.1.3