III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-12636)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor de la "Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción" de Malpartida de Cáceres (Cáceres), con la categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72259
conservarse algunas cruces, así como del lugar de finalización del mismo. Junto con
otras tradiciones y costumbres de gran arraigo en la localidad asociadas al templo,
hacen de él un bien de gran relevancia que merece su conservación y protección para su
legado en las mejores condiciones.
En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de
Interés Cultural que se regula en los artículos 7 y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Por otra parte, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al
contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara
y precisa de este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el
artículo 8.1.b, será el «espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya
alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».
La competencia para dictar resolución corresponde a la Consejera de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999,
de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultual de Extremadura.
Vista la propuesta favorable de la Directora General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural de fecha de 24 de mayo de 2024 y, en el ejercicio de las
competencias atribuidas en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico,
monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de
la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así
como de las facultades conferidas en el artículo segundo del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y demás preceptos de aplicación general, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la
«Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción» de Malpartida de Cáceres
(Cáceres), con la categoría de Monumento, de acuerdo con lo descrito en los anexos,
para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.
Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y
acordar la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.
Cuarto.
Quinto.
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos
y Patrimonio Cultural (Avda. Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, Mérida, Badajoz).
Mérida, 28 de mayo de 2024.–La Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes, María Victoria Bazaga Gazapo.
cve: BOE-A-2024-12636
Verificable en https://www.boe.es
Notificar la presente resolución a las personas interesadas, al Ayuntamiento de
Malpartida de Cáceres (Cáceres) y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del
Ministerio de Cultura, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que
se publique, al «Boletín Oficial del Estado».
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72259
conservarse algunas cruces, así como del lugar de finalización del mismo. Junto con
otras tradiciones y costumbres de gran arraigo en la localidad asociadas al templo,
hacen de él un bien de gran relevancia que merece su conservación y protección para su
legado en las mejores condiciones.
En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de
Interés Cultural que se regula en los artículos 7 y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Por otra parte, y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al
contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, se impone establecer una descripción clara
y precisa de este bien y la delimitación del entorno necesario que, siguiendo el
artículo 8.1.b, será el «espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya
alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».
La competencia para dictar resolución corresponde a la Consejera de Cultura,
Turismo, Jóvenes y Deportes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999,
de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultual de Extremadura.
Vista la propuesta favorable de la Directora General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural de fecha de 24 de mayo de 2024 y, en el ejercicio de las
competencias atribuidas en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico,
monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de
la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, así
como de las facultades conferidas en el artículo segundo del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y demás preceptos de aplicación general, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la
«Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción» de Malpartida de Cáceres
(Cáceres), con la categoría de Monumento, de acuerdo con lo descrito en los anexos,
para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.
Remitir la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y
acordar la apertura de un trámite de información pública por período de un mes.
Cuarto.
Quinto.
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos
y Patrimonio Cultural (Avda. Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, Mérida, Badajoz).
Mérida, 28 de mayo de 2024.–La Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y
Deportes, María Victoria Bazaga Gazapo.
cve: BOE-A-2024-12636
Verificable en https://www.boe.es
Notificar la presente resolución a las personas interesadas, al Ayuntamiento de
Malpartida de Cáceres (Cáceres) y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del
Ministerio de Cultura, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que
se publique, al «Boletín Oficial del Estado».