III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-12631)
Resolución de 12 de junio de 2024, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Fundación "La Caixa", para el desarrollo del programa posdoctorado Junior Leader 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72236
8. Proporcionar o facilitar a los investigadores postdoctorales que reciban el apoyo
necesario, así como los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el
normal desarrollo de su actividad. Específicamente, velará porque tengan asignado un
espacio físico adecuado para realizar su tarea de investigación y un seguimiento
adecuado por parte de su responsable científico o mentor: Investigador Principal (IP) o
en su defecto el Director del Departamento, Director de Centro o equivalente.
9. El IAC informará a los investigadores contratados y llevará a cabo las acciones
necesarias para cumplir con los principios de la «European Charter for Researchers» y
del «Code of Conduct for the Recruitment of Researchers», relacionados con las
condiciones de trabajo, los procesos de contratación y el desarrollo profesional de los
investigadores.
10. Velar por la observancia de los códigos éticos, estándares de integridad en la
investigación y buenas prácticas científicas, los principios de Investigación e Innovación
Responsable (RRI), y por el cumplimiento de la legislación vigente, entre otros en
materia de derechos de propiedad intelectual.
11. Velar por la observancia de los derechos y deberes de los beneficiarios
inherentes a su condición de personal investigador y específicamente del deber de
cumplir las condiciones y obligaciones establecidas en la convocatoria, sin que pueda
exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el
desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para esta durante
su transcurso.
12. Proporcionar o facilitar a los investigadores posdoctorales el apoyo necesario
durante el período de movilidad e incorporación al IAC concretamente en temas
relacionados con la movilidad y el traslado tales como visados o búsqueda de
alojamiento, entre otros. Asimismo, proporcionará una guía con información relevante
para el correcto desempeño de las tareas del investigador y su funcionamiento en el IAC
tales como derechos y deberes del investigador.
13. Promover entre los beneficiarios la asistencia a conferencias, eventos y
actividades de formación complementaria.
14. Fomentar la participación del beneficiario en proyectos interdisciplinares –
siempre que sea posible– y en estancias temporales en otros Universidades/Centros y/o
empresas.
15. Velar por el cumplimiento de los compromisos del Investigador Principal (IP),
Director de Departamento, Director de Centro o equivalente hacia el investigador
posdoctoral. En este sentido, se considerarán dichos compromisos como: Fomentar la
participación del beneficiario en los eventos de la Fundación «la Caixa» y actividades de
formación relacionadas. Estas actividades de formación incluyen sesiones de formación
anuales durante la duración de la ayuda.
16. Proveer a la Fundación «la Caixa» el contacto de un único interlocutor, quien
recibirá la información relativa al programa y a quien se informará de las gestiones que,
por parte del IAC, se deban realizar. Dicha persona centralizará las gestiones
relacionadas con el programa de la Fundación «la Caixa».
17. Con el fin de velar por el correcto funcionamiento del programa, la Fundación «la
Caixa» podrá efectuar visitas de seguimiento y/o auditorías. El IAC autoriza a la Fundación
«la Caixa», así como a las empresas que ésta pueda contratar a estos fines, a verificar el
cumplimiento de los procedimientos acordados mediante este convenio, incluida la correcta
aplicación de la aportación económica recibida, comprometiéndose el IAC a facilitarles el
acceso a los locales, a la documentación y/o a la información que se precisen.
18. Aportar a la Fundación «la Caixa» los siguientes documentos:
– Copia de la documentación acreditativa pertinente sobre la denominación, forma
jurídica, domicilio y objeto social del IAC.
– Certificado de acreditación de la capacidad jurídica de la persona firmante, y copia
de su DNI.
cve: BOE-A-2024-12631
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 72236
8. Proporcionar o facilitar a los investigadores postdoctorales que reciban el apoyo
necesario, así como los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el
normal desarrollo de su actividad. Específicamente, velará porque tengan asignado un
espacio físico adecuado para realizar su tarea de investigación y un seguimiento
adecuado por parte de su responsable científico o mentor: Investigador Principal (IP) o
en su defecto el Director del Departamento, Director de Centro o equivalente.
9. El IAC informará a los investigadores contratados y llevará a cabo las acciones
necesarias para cumplir con los principios de la «European Charter for Researchers» y
del «Code of Conduct for the Recruitment of Researchers», relacionados con las
condiciones de trabajo, los procesos de contratación y el desarrollo profesional de los
investigadores.
10. Velar por la observancia de los códigos éticos, estándares de integridad en la
investigación y buenas prácticas científicas, los principios de Investigación e Innovación
Responsable (RRI), y por el cumplimiento de la legislación vigente, entre otros en
materia de derechos de propiedad intelectual.
11. Velar por la observancia de los derechos y deberes de los beneficiarios
inherentes a su condición de personal investigador y específicamente del deber de
cumplir las condiciones y obligaciones establecidas en la convocatoria, sin que pueda
exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el
desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para esta durante
su transcurso.
12. Proporcionar o facilitar a los investigadores posdoctorales el apoyo necesario
durante el período de movilidad e incorporación al IAC concretamente en temas
relacionados con la movilidad y el traslado tales como visados o búsqueda de
alojamiento, entre otros. Asimismo, proporcionará una guía con información relevante
para el correcto desempeño de las tareas del investigador y su funcionamiento en el IAC
tales como derechos y deberes del investigador.
13. Promover entre los beneficiarios la asistencia a conferencias, eventos y
actividades de formación complementaria.
14. Fomentar la participación del beneficiario en proyectos interdisciplinares –
siempre que sea posible– y en estancias temporales en otros Universidades/Centros y/o
empresas.
15. Velar por el cumplimiento de los compromisos del Investigador Principal (IP),
Director de Departamento, Director de Centro o equivalente hacia el investigador
posdoctoral. En este sentido, se considerarán dichos compromisos como: Fomentar la
participación del beneficiario en los eventos de la Fundación «la Caixa» y actividades de
formación relacionadas. Estas actividades de formación incluyen sesiones de formación
anuales durante la duración de la ayuda.
16. Proveer a la Fundación «la Caixa» el contacto de un único interlocutor, quien
recibirá la información relativa al programa y a quien se informará de las gestiones que,
por parte del IAC, se deban realizar. Dicha persona centralizará las gestiones
relacionadas con el programa de la Fundación «la Caixa».
17. Con el fin de velar por el correcto funcionamiento del programa, la Fundación «la
Caixa» podrá efectuar visitas de seguimiento y/o auditorías. El IAC autoriza a la Fundación
«la Caixa», así como a las empresas que ésta pueda contratar a estos fines, a verificar el
cumplimiento de los procedimientos acordados mediante este convenio, incluida la correcta
aplicación de la aportación económica recibida, comprometiéndose el IAC a facilitarles el
acceso a los locales, a la documentación y/o a la información que se precisen.
18. Aportar a la Fundación «la Caixa» los siguientes documentos:
– Copia de la documentación acreditativa pertinente sobre la denominación, forma
jurídica, domicilio y objeto social del IAC.
– Certificado de acreditación de la capacidad jurídica de la persona firmante, y copia
de su DNI.
cve: BOE-A-2024-12631
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150