III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Grupos de trabajo. (BOE-A-2024-12633)
Orden TDF/619/2024, de 18 de junio, por la que se crea y regula el Consejo Asesor Internacional en Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Viernes 21 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 72252

campos cruciales de la inteligencia artificial, como la interacción humano-máquina,
ciencia cognitiva, ética y democracia, aprendizaje automático, visión computacional,
ciencia de datos, transparencia y las implicaciones sociales de la IA.
El Consejo Asesor Internacional en IA proporcionará recomendaciones estratégicas
para ayudar al Gobierno a desarrollar políticas que impulsen la innovación y garanticen
un uso justo, inclusivo y eficaz de la inteligencia artificial, convirtiendo a España en un
referente global en el uso responsable de estas tecnologías para un crecimiento
económico sostenible e inclusivo, dispongo:
Artículo 1.

Objeto.

Esta Orden Ministerial tiene por objeto la creación y regulación del Consejo Asesor
Internacional en IA como órgano colegiado, que asesorará al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública en el despliegue de una IA inclusiva en
España, así como en sentar las bases del desarrollo ético de la IA que permitan al
ministerio adoptar una posición en la esfera internacional.
Artículo 2. Adscripción orgánica y carácter.
El Consejo Asesor Internacional en IA se adscribe a la persona titular del Ministerio
para la Transformación Digital y de la Función Pública y tiene carácter de comisión de
trabajo de las contempladas en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 3.

Funciones.

El Consejo Asesor Internacional en IA desempeñará las siguientes funciones:
a) Asesorar e informar al Departamento en las principales áreas necesarias para
garantizar el despliegue de una inteligencia artificial inclusiva. Dicho asesoramiento
deberá incorporar las mejores prácticas internacionales y una visión integral del estado
de conocimiento académico sobre cada materia.
b) Valorar observaciones y comentarios, así como formular propuestas sobre la
Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2024, que recoge las líneas de acción del
gobierno en materia de Inteligencia Artificial, para extraer conclusiones que permitirán
aprobar las nuevas versiones de la Estrategia.
c) Asesorar en materia de evaluación del impacto de la Inteligencia Artificial en la
industria, Administración y sociedad.
d) Asesorar sobre las líneas de pensamiento que posteriormente desarrollará la
Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial.
Composición.

1. La Presidencia del Consejo Asesor Internacional en IA la ostentará una persona
con reconocida trayectoria institucional, profesional y académica en el ámbito de las
políticas públicas y en la implementación ética de la inteligencia artificial en el desarrollo
social y económico. Habrá un mínimo de 5 y un máximo de 12 vocales, elegidos entre
expertos y profesionales de reconocido prestigio y experiencia en las distintas áreas de
conocimiento de la inteligencia artificial.
2. Los vocales, al tiempo de su nombramiento, no podrán prestar servicios de
ningún tipo ni tener relación contractual con el Ministerio para la Transformación Digital y
de la Función Pública.
3. La secretaría del Consejo Asesor Internacional en IA la ejercerá, con voz y sin
voto, la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial.

cve: BOE-A-2024-12633
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4.