I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Protección civil y emergencias. (BOE-A-2024-12566)
Ley Foral 8/2024, de 6 de junio, de modificación de la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 71866
3. Una vez realizado el estudio se procederá a negociar con la citada
Comisión de personal la implantación de las posibles mejoras en las condiciones
laborales o retributivas debiéndose, en su caso, llevar a cabo las modificaciones
normativas que procedan para implantar el Estudio y sus resultados».
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 6 de junio de 2024.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra,
María Chivite Navascués.
cve: BOE-A-2024-12566
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 122, de 13 de junio de 2024)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 150
Viernes 21 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 71866
3. Una vez realizado el estudio se procederá a negociar con la citada
Comisión de personal la implantación de las posibles mejoras en las condiciones
laborales o retributivas debiéndose, en su caso, llevar a cabo las modificaciones
normativas que procedan para implantar el Estudio y sus resultados».
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 6 de junio de 2024.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra,
María Chivite Navascués.
cve: BOE-A-2024-12566
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 122, de 13 de junio de 2024)
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