II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2024-12515)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 20 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 71618

solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles
efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.
El concurso consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos
generales (grado personal consolidado, el trabajo desarrollado, los cursos de formación y
perfeccionamiento, la antigüedad en la Administración y los supuestos referidos a la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y en la segunda los méritos
específicos adecuados a las características de cada puesto tal y como se recogen en los
anexos I bis y II bis.
1.
1.1

Méritos generales. Puntuación máxima: 70 puntos.
Grado personal (se valorará hasta un máximo de 10 puntos):

Por cada día de desempeño de puestos de NCD 30: 0,00548 puntos.
Por cada día de desempeño de puestos de NCD 29: 0,00493 puntos.
Por cada día de desempeño de puestos de NCD 28: 0,00438 puntos.
Por cada día de desempeño de puestos de NCD 27: 0,00383 puntos.
Por cada día de desempeño de puestos de NCD 26 o inferior: 0,00328 puntos.
A efectos de la valoración del mérito trabajo desarrollado:
– Al personal funcionario de carrera cesado en puestos de libre designación,
removido de puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se

cve: BOE-A-2024-12515
Verificable en https://www.boe.es

Por tener consolidado un grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 10 puntos.
Por tener consolidado un grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 8 puntos
para puestos de trabajo de Letrado/Letrada Jefe de Servicio Jurídico delegado provincial
y 9 puntos para resto de puestos de Letrado/Letrada Asesor Jurídico y Letrado/Letrada
de la Administración de la Seguridad Social.
Por tener consolidado un grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 6
puntos para puestos de trabajo de Letrado/Letrada Jefe de Servicio Jurídico delegado
provincial y 8 puntos para resto de puestos de Letrado/Letrada Asesor Jurídico y
Letrado/Letrada de la Administración de la Seguridad Social.
En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras
Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el
Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle
dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el
mismo.
En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones
Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo
establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del
Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que
pertenezca el funcionario o la funcionaria, deberá valorársele el grado máximo
correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la
Administración General del Estado.
El funcionario o la funcionaria de carrera que considere tener un grado personal
consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de
instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la Base
Quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo IV de méritos
generales.
1.2 Valoración del trabajo desarrollado: a efectos de este apartado se valorará el
nivel de complemento de destino del puesto o puestos desempeñados en los
últimos 1825 días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 10 puntos. En ningún caso los
periodos como funcionario en prácticas se computarán como trabajo efectivo: