I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-12502)
Real Decreto 565/2024, de 18 de junio, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Comercio electrónico y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Jueves 20 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 71548
conseguir los resultados de aprendizaje de estos, de acuerdo con lo dispuesto en este
real decreto conforme a los principios de diseño para todos y accesibilidad universal.
Para ello, las administraciones competentes adoptarán las medidas necesarias y
dictarán las instrucciones precisas en los términos establecidos en la Ley
Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación
Profesional y en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Disposición adicional tercera.
de especialización.
Accesibilidad universal en las enseñanzas de este curso
1. Las administraciones competentes incluirán en el currículo de este curso de
especialización los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen
desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las
personas».
2. Asimismo, dichas administraciones adoptarán las medidas necesarias para que
este alumnado pueda acceder y cursar dicho curso de especialización en las condiciones
establecidas en el artículo 16 y en la disposición final segunda del Texto Refundido de la
Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en el artículo 21
del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones
básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el
acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por
el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen, en el
ámbito de la Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y
superior.
Se modifica el Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la Formación
Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus
enseñanzas mínimas, añadiendo una disposición adicional quinta, cuya redacción es la
que sigue:
«Disposición adicional quinta. Módulos profesionales asignados a personas
expertas del sector productivo.
A los efectos previstos en el artículo 165.6 del Real Decreto 659/2023, de 18
de julio, además de los módulos profesionales que figuran en los respectivos
anexos III de los reales decretos de establecimiento a que hace referencia el
artículo primero, se considerarán asignados directamente a un perfil de persona
experta del sector productivo los siguientes, sin perjuicio del resto de
especialidades de los cuerpos de profesorado que tuvieran asignadas en dichos
anexos.
5002
Módulo Profesional
Técnicas complementarias en cultivos
celulares.
Curso de Especialización de Grado Medio /
Superior
Cultivos celulares.
5005 Aplicaciones de cultivos celulares
Cultivos celulares.
Audiodescripción de obras
5007 audiovisuales, eventos y espectáculos
en vivo.
Audiodescripción y Subtitulación.
5008
Subtitulación de obras audiovisuales,
eventos y espectáculos en vivo
Audiodescripción y Subtitulación.
cve: BOE-A-2024-12502
Verificable en https://www.boe.es
Cód
Núm. 149
Jueves 20 de junio de 2024
Sec. I. Pág. 71548
conseguir los resultados de aprendizaje de estos, de acuerdo con lo dispuesto en este
real decreto conforme a los principios de diseño para todos y accesibilidad universal.
Para ello, las administraciones competentes adoptarán las medidas necesarias y
dictarán las instrucciones precisas en los términos establecidos en la Ley
Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación
Profesional y en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Disposición adicional tercera.
de especialización.
Accesibilidad universal en las enseñanzas de este curso
1. Las administraciones competentes incluirán en el currículo de este curso de
especialización los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen
desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las
personas».
2. Asimismo, dichas administraciones adoptarán las medidas necesarias para que
este alumnado pueda acceder y cursar dicho curso de especialización en las condiciones
establecidas en el artículo 16 y en la disposición final segunda del Texto Refundido de la
Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y en el artículo 21
del Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones
básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el
acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por
el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen, en el
ámbito de la Formación Profesional, cursos de especialización de grado medio y
superior.
Se modifica el Real Decreto 497/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican
determinados reales decretos por los que se establecen, en el ámbito de la Formación
Profesional, cursos de especialización de grado medio y superior y se fijan sus
enseñanzas mínimas, añadiendo una disposición adicional quinta, cuya redacción es la
que sigue:
«Disposición adicional quinta. Módulos profesionales asignados a personas
expertas del sector productivo.
A los efectos previstos en el artículo 165.6 del Real Decreto 659/2023, de 18
de julio, además de los módulos profesionales que figuran en los respectivos
anexos III de los reales decretos de establecimiento a que hace referencia el
artículo primero, se considerarán asignados directamente a un perfil de persona
experta del sector productivo los siguientes, sin perjuicio del resto de
especialidades de los cuerpos de profesorado que tuvieran asignadas en dichos
anexos.
5002
Módulo Profesional
Técnicas complementarias en cultivos
celulares.
Curso de Especialización de Grado Medio /
Superior
Cultivos celulares.
5005 Aplicaciones de cultivos celulares
Cultivos celulares.
Audiodescripción de obras
5007 audiovisuales, eventos y espectáculos
en vivo.
Audiodescripción y Subtitulación.
5008
Subtitulación de obras audiovisuales,
eventos y espectáculos en vivo
Audiodescripción y Subtitulación.
cve: BOE-A-2024-12502
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