V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. (BOE-B-2024-23005)
Extracto de la Resolución de 17 de junio de 2024 del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, por la que se convocan subvenciones destinadas a acciones para el impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Jueves 20 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 34543

5. No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias aquéllas que
incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre. En el caso de agrupaciones, esta exigencia se aplicará
a cada uno de sus componentes.
Cuarto. Solicitudes, plazo de presentación y documentación
1. Modelo y presentación de solicitudes.
a) A efectos de garantizar la calidad de los proyectos, se establece que cada
entidad concurrente solo podrá presentar un proyecto a esta convocatoria.
b) De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
solicitantes deberán presentar las solicitudes mediante medios electrónicos a
través de la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 (https://sede.mscbs.gob.es/registroElectronico/
formularios.htm#TRAM_SUBIMPULSOENTLOCALES). En caso de no disponer de
acceso a esta aplicación, podrán ser presentadas a través del Registro Electrónico
Común de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es/) que
permite presentar instancias genéricas, remitiendo la documentación a la Dirección
General de Agenda 2030 (código E05079801).
c) Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos normalizados de
anexos que estarán disponibles en la página web del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030 (https://www.mdsocialesa2030.gob.es/
agenda2030/subvenciones.htm), todos ellos firmados por la persona que ostente la
Alcaldía, Presidencia de la entidad o el representante legal de la agrupación de
entidades locales.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado".
Quinto. Bases Reguladoras
Orden DSA/632/2022, de 23 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a acciones para el
impulso de la Agenda 2030 en las Entidades Locales.

Contra la presente Resolución de Convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el
plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o, podrá ser impugnada
directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha
de la publicación, mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en
los artículos 11.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El recurso de reposición se remitirá a
través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado
(https://reg.redsara.es/) dirigido al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030.

cve: BOE-B-2024-23005
Verificable en https://www.boe.es

Sexto. Recursos