V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2024-22885)
Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente por la que se modifica la segunda convocatoria de subvenciones (2023) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE de digitalización del ciclo del agua), aprobada por la orden TED 919/2023, de 21 de julio, por la que se modifican las bases reguladoras de la orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones (2022) en concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia; y se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones (2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Miércoles 19 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 34333

destinados al ciclo urbano del agua y al sector industrial.
El incremento presupuestario asociado a la inversión 3, junto con el éxito de la
segunda convocatoria, hace que sea recomendable modificar la convocatoria
vigente de cara a incluir la posibilidad de incorporar créditos a la misma, tal y como
se recoge en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, que permite que, en el caso de disponer de una cuantía adicional,
pueda ampliarse el crédito de una convocatoria.
De esta forma, con la presente Resolución, se establece esta posibilidad, que
podrá verse materializada posteriormente y, en su caso, incluir recursos
económicos de la Adenda del PRTR en la segunda convocatoria del ciclo urbano,
de forma que puedan seleccionarse más proyectos en esta segunda convocatoria
y se agilicen los trámites administrativos de cara a cumplir los hitos y objetivos del
PRTR y más aun teniendo en cuenta la necesidad de finalizar los proyectos en los
plazos establecidos en el PRTR.
Por ello, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente dicta la presente
RESOLUCIÓN
Primero. Objeto
En aplicación del artículo 23.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, se modifica el artículo segundo de la Orden TED/919/
2023, por el que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones (2023) en
concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano
del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en los siguientes términos:
a) El apartado 1 del artículo 4

Adicionalmente, en el caso de disponer de una cuantía adicional, podrá
ampliarse el crédito en esta convocatoria, hasta 100.000.000 de euros, según lo
establecido en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, sin que se requiera de una nueva convocatoria. En conformidad
con el artículo 7 de la Orden TED/934/2022, de 23 de septiembre, por la que se
aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia
competitiva para la elaboración de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo
urbano del agua y la primera convocatoria de subvenciones (2022) en
concurrencia competitiva de proyectos de mejora de la eficiencia del ciclo urbano
del agua (PERTE digitalización del ciclo del agua), en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, cualquier ampliación de crédito que
se produjera será publicado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de
disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias antes
señaladas y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que
proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

cve: BOE-B-2024-22885
Verificable en https://www.boe.es

"1. Cuantía total. La cuantía total máxima de las ayudas a conceder en el
marco de la presente convocatoria será de 200.000.000 de euros.