III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-12352)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y Astilleros Canarios, SA, para la continuación y desarrollo de la "Cátedra Marítimo-Portuaria".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70791
– Elevar a la Comisión de Seguimiento, para su aprobación, la memoria/informe
anual de las actividades contempladas en el programa ejecutado junto con la
correspondiente liquidación presupuestaria.
– Desarrollar todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la Comisión
de Seguimiento.
Cuarta.
Comisión Mixta de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión Mixta paritaria de Seguimiento que estará, integrada por
dos representantes de cada una de las partes, que serán nombrados por las mismas.
Dicha comisión se constituirá en el plazo de treinta días, contados a partir de la
eficacia del convenio. En su primera reunión, se nombrará a la Presidenta del órgano
colegiado, cargo que recaerá en la Directora de la Cátedra, y al Secretario/a que podrá
ser miembro del propio órgano o una persona al servicio de alguna de las partes.
La Comisión se reunirá, al menos, tres veces al año, pudiendo realizar otras
reuniones a iniciativa de su Presidenta o a solicitud de la mitad más uno de sus
miembros.
Serán funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento:
a) Aprobar al inicio de cada ejercicio el Programa anual de actividades de
PORMAR, con su correspondiente presupuesto.
b) Informar a la ULPGC del programa anual de actividades con su correspondiente
presupuesto, aprobado por la Comisión de Seguimiento.
c) Supervisar la ejecución del convenio y los compromisos adquiridos por los
firmantes de éste, así como la supervisión de la ejecución del programa anual de
actividades.
d) Aprobar al final de cada ejercicio la memoria/informe anual de las actividades
realizadas junto con la correspondiente liquidación presupuestaria y dar traslado de ésta
al Rector.
e) Proponer la aprobación de los posibles convenios con otras entidades, que
favorezcan la consecución de sus objetivos estratégicos.
f) Resolver las posibles controversias respecto a la interpretación, modificación,
resolución y efectos del presente convenio.
Quinta.
Compromisos económicos APLP y ASTICAN.
Con el fin de poder desarrollar las actividades de la Cátedra, anualmente, la APLP se
compromete a dotarla económicamente con la cantidad de diez mil euros (10.000 euros).
ASTICAN se compromete a dotarla económicamente con la cantidad de diez mil euros
(10.000 euros).
Las antedichas cantidades se harán efectivas mediante transferencias bancarias en
la cuenta número (IBAN) ES26 0049 1881 4522 1027 8351 del Banco Santander, a
cve: BOE-A-2024-12352
Verificable en https://www.boe.es
Las reuniones de la Comisión de seguimiento las convocará la Presidenta con una
antelación mínima de quince días y los acuerdos, se comunicarán a las partes.
En la primera reunión de la Comisión de Seguimiento, la Directora de la Cátedra
PORMAR presentará la propuesta de actividades a realizar durante cada anualidad, con
una previsión presupuestaria.
En la última reunión de cada anualidad presentará el informe/memoria final de
actividades realizadas junto con la liquidación presupuestaria.
Se podrá invitar a asesores y colaboradores a participar, con voz y sin voto, en las
reuniones de la Comisión de Seguimiento.
La Comisión de seguimiento se regirá por las cláusulas contenidas en el presente
convenio y por lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula el funcionamiento de los
órganos colegiados. Asimismo, podrá dictar normas de funcionamiento interno,
respetando los límites mencionados.
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70791
– Elevar a la Comisión de Seguimiento, para su aprobación, la memoria/informe
anual de las actividades contempladas en el programa ejecutado junto con la
correspondiente liquidación presupuestaria.
– Desarrollar todas aquellas funciones que le sean encomendadas por la Comisión
de Seguimiento.
Cuarta.
Comisión Mixta de Seguimiento.
Se constituirá una Comisión Mixta paritaria de Seguimiento que estará, integrada por
dos representantes de cada una de las partes, que serán nombrados por las mismas.
Dicha comisión se constituirá en el plazo de treinta días, contados a partir de la
eficacia del convenio. En su primera reunión, se nombrará a la Presidenta del órgano
colegiado, cargo que recaerá en la Directora de la Cátedra, y al Secretario/a que podrá
ser miembro del propio órgano o una persona al servicio de alguna de las partes.
La Comisión se reunirá, al menos, tres veces al año, pudiendo realizar otras
reuniones a iniciativa de su Presidenta o a solicitud de la mitad más uno de sus
miembros.
Serán funciones de la Comisión Mixta de Seguimiento:
a) Aprobar al inicio de cada ejercicio el Programa anual de actividades de
PORMAR, con su correspondiente presupuesto.
b) Informar a la ULPGC del programa anual de actividades con su correspondiente
presupuesto, aprobado por la Comisión de Seguimiento.
c) Supervisar la ejecución del convenio y los compromisos adquiridos por los
firmantes de éste, así como la supervisión de la ejecución del programa anual de
actividades.
d) Aprobar al final de cada ejercicio la memoria/informe anual de las actividades
realizadas junto con la correspondiente liquidación presupuestaria y dar traslado de ésta
al Rector.
e) Proponer la aprobación de los posibles convenios con otras entidades, que
favorezcan la consecución de sus objetivos estratégicos.
f) Resolver las posibles controversias respecto a la interpretación, modificación,
resolución y efectos del presente convenio.
Quinta.
Compromisos económicos APLP y ASTICAN.
Con el fin de poder desarrollar las actividades de la Cátedra, anualmente, la APLP se
compromete a dotarla económicamente con la cantidad de diez mil euros (10.000 euros).
ASTICAN se compromete a dotarla económicamente con la cantidad de diez mil euros
(10.000 euros).
Las antedichas cantidades se harán efectivas mediante transferencias bancarias en
la cuenta número (IBAN) ES26 0049 1881 4522 1027 8351 del Banco Santander, a
cve: BOE-A-2024-12352
Verificable en https://www.boe.es
Las reuniones de la Comisión de seguimiento las convocará la Presidenta con una
antelación mínima de quince días y los acuerdos, se comunicarán a las partes.
En la primera reunión de la Comisión de Seguimiento, la Directora de la Cátedra
PORMAR presentará la propuesta de actividades a realizar durante cada anualidad, con
una previsión presupuestaria.
En la última reunión de cada anualidad presentará el informe/memoria final de
actividades realizadas junto con la liquidación presupuestaria.
Se podrá invitar a asesores y colaboradores a participar, con voz y sin voto, en las
reuniones de la Comisión de Seguimiento.
La Comisión de seguimiento se regirá por las cláusulas contenidas en el presente
convenio y por lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula el funcionamiento de los
órganos colegiados. Asimismo, podrá dictar normas de funcionamiento interno,
respetando los límites mencionados.