III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2024-12367)
Real Decreto 531/2024, de 4 de junio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, el puente de Ariza, en el término municipal de Úbeda, Jaén.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70923
Al tratarse de un bien adscrito a un servicio público de titularidad y gestión estatal
como es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la competencia para declarar y
registrar este inmueble como Bien de Interés Cultural corresponde a la Dirección General
de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las
competencias que en materia de Patrimonio Histórico tenga la Junta de Andalucía.
La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. La declaración de Bien de Interés Cultural del puente de Ariza cuenta con
informes favorables de la Real Academia de la Historia y de la Real Academia de Bellas
Artes de San Fernando, siguiendo lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio,
y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a propuesta del Ministro de Cultura, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de junio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural.
Se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, el puente de
Ariza, en el término municipal de Úbeda, Jaén.
Artículo 2. Descripción.
El puente de Ariza es un puente en arco situado en el km 36,147 de la antigua
carretera comarcal CC-3217, que une Úbeda con Arquillos, en la provincia de Jaén, en
Andalucía, España. Pertenece al tipo de puentes de bóvedas de gran luz que se
construyeron en el Renacimiento en la zona septentrional de Andalucía, como los puentes
de Montoro y Marmolejo, sobre el Guadalquivir; o el de Benamejí, sobre el río Genil.
Fue construido entre 1550 y 1560 según el proyecto del arquitecto y maestro de
cantería Andrés de Vandelvira, autor también de la catedral de Jaén, y financiado por el
obispo de Jaén, Diego de los Cobos y Molina, por tratarse de la principal vía de
comunicación entre Úbeda y la meseta.
Desde 1998, como consecuencia de la entrada en funcionamiento del embalse de
Giribaile y la construcción de un nuevo puente, de mayor altura y longitud, quedó sin uso,
al verse afectado por el nivel máximo del embalse. La carretera CC-3217, por su parte,
fue desviada por la carretera autonómica A-301 de Jaén. Se trata de un entorno
geográfico dependiente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).
Artículo 3. Partes integrantes del bien.
– Tipología y volumetría.
– Materiales y texturas.
El puente presenta varias texturas. El puente renacentista está construido en sillería
de piedra rodeno (arenisca). El puente se construyó con arenisca procedente de tres
canteras: una cercana al puente, que sólo se empleó en la construcción del ojo inferior
del arco doble y parte del pilar sur de sujeción del arco central; otra situada en Torre San
Juan y, por último, la de las cercanías a la aldea de Santa Eulalia.
cve: BOE-A-2024-12367
Verificable en https://www.boe.es
El puente tiene forma de un prisma rectangular alargado, tendido sobre las márgenes
del río, elevado en ángulo en la parte central.
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70923
Al tratarse de un bien adscrito a un servicio público de titularidad y gestión estatal
como es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, la competencia para declarar y
registrar este inmueble como Bien de Interés Cultural corresponde a la Dirección General
de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las
competencias que en materia de Patrimonio Histórico tenga la Junta de Andalucía.
La tramitación del citado expediente se ha llevado a efecto según lo establecido en la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. La declaración de Bien de Interés Cultural del puente de Ariza cuenta con
informes favorables de la Real Academia de la Historia y de la Real Academia de Bellas
Artes de San Fernando, siguiendo lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 2.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio,
y 14 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, a propuesta del Ministro de Cultura, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de junio de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural.
Se declara Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, el puente de
Ariza, en el término municipal de Úbeda, Jaén.
Artículo 2. Descripción.
El puente de Ariza es un puente en arco situado en el km 36,147 de la antigua
carretera comarcal CC-3217, que une Úbeda con Arquillos, en la provincia de Jaén, en
Andalucía, España. Pertenece al tipo de puentes de bóvedas de gran luz que se
construyeron en el Renacimiento en la zona septentrional de Andalucía, como los puentes
de Montoro y Marmolejo, sobre el Guadalquivir; o el de Benamejí, sobre el río Genil.
Fue construido entre 1550 y 1560 según el proyecto del arquitecto y maestro de
cantería Andrés de Vandelvira, autor también de la catedral de Jaén, y financiado por el
obispo de Jaén, Diego de los Cobos y Molina, por tratarse de la principal vía de
comunicación entre Úbeda y la meseta.
Desde 1998, como consecuencia de la entrada en funcionamiento del embalse de
Giribaile y la construcción de un nuevo puente, de mayor altura y longitud, quedó sin uso,
al verse afectado por el nivel máximo del embalse. La carretera CC-3217, por su parte,
fue desviada por la carretera autonómica A-301 de Jaén. Se trata de un entorno
geográfico dependiente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).
Artículo 3. Partes integrantes del bien.
– Tipología y volumetría.
– Materiales y texturas.
El puente presenta varias texturas. El puente renacentista está construido en sillería
de piedra rodeno (arenisca). El puente se construyó con arenisca procedente de tres
canteras: una cercana al puente, que sólo se empleó en la construcción del ojo inferior
del arco doble y parte del pilar sur de sujeción del arco central; otra situada en Torre San
Juan y, por último, la de las cercanías a la aldea de Santa Eulalia.
cve: BOE-A-2024-12367
Verificable en https://www.boe.es
El puente tiene forma de un prisma rectangular alargado, tendido sobre las márgenes
del río, elevado en ángulo en la parte central.