V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA. (BOE-B-2024-22751)
Extracto de la Resolución de 14 de junio de 2024 de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se convocan para el año 2024 ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 18 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 34089
ambiental y huella de carbono.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica (2021/C 58/01), así como con lo
requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España
(CID) y su documento Anexo, todas las actuaciones que se lleven a cabo en el
marco del PRTR en cumplimiento del presente Acuerdo deben respetar el principio
de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus
siglas en inglés, "Do No Significant Harm").
Para ejercer las competencias de control por parte de la Comisión, la Oficina
Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la
Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, las personas y
entidades beneficiarias de las ayudas aceptarán la cesión de la información
establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre para
la identificación del perceptor final de fondos. Por otro lado, dado que se trata de
ayudas a iniciativas con sus propios procesos de selección, las personas y
entidades beneficiarias deberán contemplar mecanismos para reducir el riesgo de
fraude, corrupción y conflictos de intereses.
Conforme a la Orden HFP/55/2003, de 24 de enero, relativa al análisis
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, este análisis se llevará a
cabo en el procedimiento de las ayudas generales a la producción de
largometrajes sobre proyecto vinculadas a la ejecución del citado Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), a fin de verificar la ausencia
de conflicto de interés entre los miembros del órgano de concesión de esta línea
de ayudas y las empresas productoras participantes en el citado procedimiento en
las diferentes fases del mismo, en los términos establecidos en el disposición
adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
A través de la herramienta informática de data mining, con sede en la Agencia
Estatal de Administración Tributaria de España, MINERVA o cualquier otra que la
sustituya en el futuro, se analizarán las posibles relaciones familiares o
vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que pueda haber un interés
personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las
personas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales que
participen en el procedimiento de concesión de las ayudas generales para la
producción de largometrajes sobre proyecto y las empresas productoras
solicitantes de las ayudas.
Las actuaciones estarán sometidas al seguimiento y control que se establezca
para el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las
obligaciones específicas relativas a la información y publicidad, control,
verificación, seguimiento y demás obligaciones impuestas por la normativa interna
y de la Unión Europea que para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la
UE se establezcan y cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
Además, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales deberá
presentar un informe justificativo final, a efectos de la liquidación donde se evalúen
cve: BOE-B-2024-22751
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147
Martes 18 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 34089
ambiental y huella de carbono.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica (2021/C 58/01), así como con lo
requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España
(CID) y su documento Anexo, todas las actuaciones que se lleven a cabo en el
marco del PRTR en cumplimiento del presente Acuerdo deben respetar el principio
de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus
siglas en inglés, "Do No Significant Harm").
Para ejercer las competencias de control por parte de la Comisión, la Oficina
Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la
Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, las personas y
entidades beneficiarias de las ayudas aceptarán la cesión de la información
establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre para
la identificación del perceptor final de fondos. Por otro lado, dado que se trata de
ayudas a iniciativas con sus propios procesos de selección, las personas y
entidades beneficiarias deberán contemplar mecanismos para reducir el riesgo de
fraude, corrupción y conflictos de intereses.
Conforme a la Orden HFP/55/2003, de 24 de enero, relativa al análisis
sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, este análisis se llevará a
cabo en el procedimiento de las ayudas generales a la producción de
largometrajes sobre proyecto vinculadas a la ejecución del citado Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), a fin de verificar la ausencia
de conflicto de interés entre los miembros del órgano de concesión de esta línea
de ayudas y las empresas productoras participantes en el citado procedimiento en
las diferentes fases del mismo, en los términos establecidos en el disposición
adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
A través de la herramienta informática de data mining, con sede en la Agencia
Estatal de Administración Tributaria de España, MINERVA o cualquier otra que la
sustituya en el futuro, se analizarán las posibles relaciones familiares o
vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que pueda haber un interés
personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las
personas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales que
participen en el procedimiento de concesión de las ayudas generales para la
producción de largometrajes sobre proyecto y las empresas productoras
solicitantes de las ayudas.
Las actuaciones estarán sometidas al seguimiento y control que se establezca
para el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las
obligaciones específicas relativas a la información y publicidad, control,
verificación, seguimiento y demás obligaciones impuestas por la normativa interna
y de la Unión Europea que para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la
UE se establezcan y cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
Además, el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales deberá
presentar un informe justificativo final, a efectos de la liquidación donde se evalúen
cve: BOE-B-2024-22751
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147