V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. (BOE-B-2024-22583)
Resolución de la Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se emite decisión favorable y se da publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida "Pimiento de Gernika / Gernikako Piperra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 33794
favorable y al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a los efectos de que
proceda a la transmisión de la solicitud de protección e inscripción a la Comisión
Europea, de conformidad con lo así dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto
1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen
protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y
la oposición a ellas.
Cuarto. - La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y frente a
ella se puede interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Agricultura,
Pesca y Política Alimentaria dentro del plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en
los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Vitoria-Gasteiz, 22 de mayo de 2024.- Director de Calidad e Industrias
Alimentarias, Raúl Pérez Iracheta.
cve: BOE-B-2024-22583
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240028210-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 146
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. V-B. Pág. 33794
favorable y al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a los efectos de que
proceda a la transmisión de la solicitud de protección e inscripción a la Comisión
Europea, de conformidad con lo así dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto
1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen
protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y
la oposición a ellas.
Cuarto. - La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y frente a
ella se puede interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Agricultura,
Pesca y Política Alimentaria dentro del plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en
los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Vitoria-Gasteiz, 22 de mayo de 2024.- Director de Calidad e Industrias
Alimentarias, Raúl Pérez Iracheta.
cve: BOE-B-2024-22583
Verificable en https://www.boe.es
ID: A240028210-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X