III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-12260)
Resolución 420/38232/2024, de 10 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Antonio de Nebrija, para el desarrollo de las enseñanzas de posgrado relacionadas con los cursos que imparte la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas durante el curso académico 2024-2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70389
instalación militar. Por otra parte, el personal civil deberá seguir cuantas indicaciones le
sean requeridas en materia de seguridad.
El personal civil que haya de acceder a instalaciones del CESEDEN con motivo del
desarrollo de las actividades previstas en este convenio no podrá introducir, ni exhibir, en
dichos recintos, símbolos o distintivos que puedan menoscabar el principio de
neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad aplicables.
En caso de incumplimiento de las condiciones de acceso y permanencia en las
instalaciones del CESEDEN, corresponde a la Universidad las actuaciones de poner en
conocimiento del interesado ese incumplimiento y, en su caso, invitarle a abandonar
dichas instalaciones.
Al finalizar el curso académico, la Universidad Antonio de Nebrija remitirá al
CESEDEN/ESFAS una memoria docente con las actividades docentes llevadas a cabo.
Novena.
Profesorado.
Las actividades docentes del CEMFAS «Máster Universitario de Seguridad y
Defensa», así como del CAEID «Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia»
se prepararán y ejecutarán mediante la participación conjunta de profesores de la
Universidad Antonio de Nebrija y de la ESFAS, todo ello al objeto de mejorar la calidad
de la enseñanza promoviendo la diversidad de enfoques y aprovechando los diferentes
conocimientos y experiencias de los distintos profesores.
El personal docente del CESEDEN/ESFAS podrá participar en las actividades
relacionadas con el desarrollo del CEMFAS «Máster Universitario de Seguridad y
Defensa», y del CAEID «Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia», así como
con el ILC bajo las formas de colaboración que pudieran determinarse. La Universidad
Antonio de Nebrija expedirá los correspondientes certificados para reconocer su labor.
Décima.
Alumnado.
Los alumnos seleccionados tendrán derecho a matricularse como estudiantes del
«Máster Universitario de Seguridad y Defensa» y del «Máster en Análisis de Inteligencia
y Ciberinteligencia» de la Universidad Antonio de Nebrija, exigiéndose para su ingreso
que cumplan los requisitos que prevea la normativa vigente para el acceso a estos
estudios.
Los estudiantes extranjeros, cuya lengua materna no sea la española, deberán
acreditar un nivel de español que les permita afrontar los citados estudios de máster con
suficientes garantías. Los niveles mínimos de referencia serán los detallados en la
actualización vigente del Programa de Cooperación Internacional en Materia de
Enseñanza Militar. La Escuela Militar de Idiomas realizará, en caso necesario, los
exámenes que permitan certificar los correspondientes niveles.
Todos los alumnos (nacionales y extranjeros) tendrán la consideración de estudiantes
matriculados en la Universidad Antonio de Nebrija, con los mismos derechos y deberes
académicos.
Se respetará la normativa en vigor sobre materias clasificadas, seguridad en la
información y seguridad militar, así como las disposiciones vigentes sobre ordenación
académica y estatutos de la Universidad Antonio de Nebrija.
Las partes se comprometen a limitar el acceso a la información que pueda generarse
en las actividades objeto de este convenio en la medida que pueden afectar a la
seguridad y defensa nacional.
En particular, cada parte mantendrá estrictamente protegida y no divulgará a terceros
ni en todo ni en parte, la información y documentación clasificada recibida de la otra
parte e identificada como tal. No la usarán ni reproducirán, ni en todo ni en parte, sin
autorización previa y escrita de la otra parte.
cve: BOE-A-2024-12260
Verificable en https://www.boe.es
Undécima. Protección y acceso a la información, y titularidad de los resultados.
Núm. 146
Lunes 17 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 70389
instalación militar. Por otra parte, el personal civil deberá seguir cuantas indicaciones le
sean requeridas en materia de seguridad.
El personal civil que haya de acceder a instalaciones del CESEDEN con motivo del
desarrollo de las actividades previstas en este convenio no podrá introducir, ni exhibir, en
dichos recintos, símbolos o distintivos que puedan menoscabar el principio de
neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad aplicables.
En caso de incumplimiento de las condiciones de acceso y permanencia en las
instalaciones del CESEDEN, corresponde a la Universidad las actuaciones de poner en
conocimiento del interesado ese incumplimiento y, en su caso, invitarle a abandonar
dichas instalaciones.
Al finalizar el curso académico, la Universidad Antonio de Nebrija remitirá al
CESEDEN/ESFAS una memoria docente con las actividades docentes llevadas a cabo.
Novena.
Profesorado.
Las actividades docentes del CEMFAS «Máster Universitario de Seguridad y
Defensa», así como del CAEID «Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia»
se prepararán y ejecutarán mediante la participación conjunta de profesores de la
Universidad Antonio de Nebrija y de la ESFAS, todo ello al objeto de mejorar la calidad
de la enseñanza promoviendo la diversidad de enfoques y aprovechando los diferentes
conocimientos y experiencias de los distintos profesores.
El personal docente del CESEDEN/ESFAS podrá participar en las actividades
relacionadas con el desarrollo del CEMFAS «Máster Universitario de Seguridad y
Defensa», y del CAEID «Máster en Análisis de Inteligencia y Ciberinteligencia», así como
con el ILC bajo las formas de colaboración que pudieran determinarse. La Universidad
Antonio de Nebrija expedirá los correspondientes certificados para reconocer su labor.
Décima.
Alumnado.
Los alumnos seleccionados tendrán derecho a matricularse como estudiantes del
«Máster Universitario de Seguridad y Defensa» y del «Máster en Análisis de Inteligencia
y Ciberinteligencia» de la Universidad Antonio de Nebrija, exigiéndose para su ingreso
que cumplan los requisitos que prevea la normativa vigente para el acceso a estos
estudios.
Los estudiantes extranjeros, cuya lengua materna no sea la española, deberán
acreditar un nivel de español que les permita afrontar los citados estudios de máster con
suficientes garantías. Los niveles mínimos de referencia serán los detallados en la
actualización vigente del Programa de Cooperación Internacional en Materia de
Enseñanza Militar. La Escuela Militar de Idiomas realizará, en caso necesario, los
exámenes que permitan certificar los correspondientes niveles.
Todos los alumnos (nacionales y extranjeros) tendrán la consideración de estudiantes
matriculados en la Universidad Antonio de Nebrija, con los mismos derechos y deberes
académicos.
Se respetará la normativa en vigor sobre materias clasificadas, seguridad en la
información y seguridad militar, así como las disposiciones vigentes sobre ordenación
académica y estatutos de la Universidad Antonio de Nebrija.
Las partes se comprometen a limitar el acceso a la información que pueda generarse
en las actividades objeto de este convenio en la medida que pueden afectar a la
seguridad y defensa nacional.
En particular, cada parte mantendrá estrictamente protegida y no divulgará a terceros
ni en todo ni en parte, la información y documentación clasificada recibida de la otra
parte e identificada como tal. No la usarán ni reproducirán, ni en todo ni en parte, sin
autorización previa y escrita de la otra parte.
cve: BOE-A-2024-12260
Verificable en https://www.boe.es
Undécima. Protección y acceso a la información, y titularidad de los resultados.