III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-12287)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Entidad Pública Empresarial, Red.es, M.P., por la que se publica Convenio con el Consejo General del Notariado, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el programa "Kit Consulting".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70570

claves de nuestro tiempo: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de
género y la cohesión social y territorial.
Conforme al artículo 6.1 del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se
establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de
la Función Pública, compete a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e
Infraestructuras Digitales la política de impulso del sector de las telecomunicaciones, de
los servicios de comunicación audiovisual, el despliegue de infraestructuras y servicios
para garantizar la conectividad de los ciudadanos y empresas e impulsar la productividad
y el crecimiento económico.
Por su parte, la Entidad Pública Empresarial Red.es goza de personalidad jurídica propia,
plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines,
encontrándose adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a
través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
Una de las funciones de Red.es consiste en el desarrollo y fomento de la sociedad
de la información, participando en el impulso y ejecución de las políticas diseñadas por el
Gobierno relativas a los procesos de digitalización de las pymes, puesto que entre sus
fines se encuentra la puesta en marcha de programas de difusión y extensión de las
telecomunicaciones y la sociedad de la información, incluidos los programas
cofinanciados con fondos europeos, iniciativas para fomentar el uso seguro de internet,
así como la prestación de toda clase de servicios que contribuyan al fomento y desarrollo
de la sociedad de la información.
El Consejo General del Notariado tiene, de acuerdo con el artículo 336 del
Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, aprobado por el Decreto de 2
de junio de 1944 (Reglamento Notarial, en adelante), la condición de Corporación de
Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad, siendo sus fines
esenciales colaborar con la Administración; mantener la organización colegial; coordinar
las funciones de los Colegios Notariales, asumiéndolas en los casos legalmente
establecidos; y ostentar la representación unitaria del Notariado español.
Conscientes de la necesidad de fortalecer la colaboración mutua y, en desarrollo de
los principios de eficacia, coordinación y cooperación propugnados en el artículo 3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es deseo de
ambas instituciones articular los mecanismos concretos que contribuyan a facilitar el
ejercicio de las respectivas funciones y competencias, dentro del marco jurídico vigente.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo,
Red.es es el órgano concedente de las subvenciones del programa «Kit Consulting»
reguladas en la mencionada Orden, cuyo objetivo es impulsar la transformación digital de
las empresas y personas, financiando la contratación de servicios de asesoramiento de
los Asesores Digitalizadores Adheridos. Asimismo, dicha Orden atribuye en su
artículo 14.2 al Consejo General del Notariado el carácter de entidad colaboradora para
aquellas tareas que precisen del control de los apoderamientos de los representantes
legales, así como actividades de control de los beneficiarios y los Prestadores de
Servicios de Conectividad Adheridos (en adelante, los asesores).
Dentro de ese marco de colaboración, el presente convenio pone en marcha los
procedimientos necesarios para que el Consejo General del Notariado pueda
proporcionar a Red.es los elementos precisos que faciliten a ésta el control de
determinados requisitos que los beneficiarios de subvenciones y los asesores
participantes del programa «Kit Consulting» han de cumplir, en especial, para garantizar
la acreditación de requisitos, la lucha contra el fraude y la protección de los intereses de
la Hacienda Pública estatal y los intereses financieros de la Unión Europea.
Los notarios, en el ejercicio de sus funciones, cumplimentan los índices a partir de
los documentos autorizados e intervenidos, que se remiten a las Juntas Directivas de los
Colegios Notariales y éstas al Consejo General del Notariado, de modo que es este
órgano quien, a partir de esos índices, forma el Índice Único informatizado notarial,
siendo titular y responsable del mismo, tal como establece el artículo 17 de la Ley del
Notariado y el 286 del Reglamento Notarial.

cve: BOE-A-2024-12287
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Núm. 146