III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Autopistas de peaje. (BOE-A-2024-12185)
Resolución de 29 de mayo de 2024, de la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de mayo de 2024, por el que se aprueba la Resolución complementaria para liquidar el contrato y determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación y explotación de la autopista de peaje Madrid-Toledo y la autovía libre de peaje A-40 de Castilla-La Mancha, tramo: Circunvalación norte de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Sábado 15 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 70066

sido ya amortizados por el concesionario o le sean imputables a este por no haber
abonado en plazo los importes debidos de los justiprecios, etc.). No se incluirán las que
no tienen la consideración de inversión (costas procesales y 25 % por omisión del trámite
de información pública).
El valor [7´] es: 26.135.417,50 euros.
[8´] Para determinar la RPA de las expropiaciones, se compara [5´] + [6´] + [7´] con
el límite de la RPA de expropiaciones ofertado, y se toma el mínimo.
RPA por expropiaciones [8´] = mínimo {[5´] + [6´] + [7´], límite de la RPA por
expropiaciones ofertado}.
El valor [8´] es: 54.155.000,00 euros.
C´)

Valor patrimonial de inversiones en obras y expropiaciones.

[9´] Suma de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha en que SEITT
comenzó a explotar la autopista, la perfecta entrega de las instalaciones en condiciones
de normalidad o estado de conservación y funcionamiento adecuados. Si se trata de una
obra que no se ejecutó por parte del concesionario, no se habrá añadido en los
apartados [1´] a [3´] y, por tanto, no se incluirá en este.
El valor [9´] es: 24.971.651,15 euros.
Valor patrimonial de inversiones en obras y expropiaciones [10´] = ([4´] + [8´])– [9´]
El valor [10´] es: 252.164.739,51 euros.
D´)

Minoración por expropiaciones.

[11´] Indemnizaciones pagadas a los expropiados de las que se haya hecho cargo
la Administración, en virtud de resolución judicial, sin amortizar. Esto es, justiprecios, e
intereses expropiatorios (no se incluirán costas judiciales ni el 25 % por omisión del
trámite de información pública).
El valor [11´] es: 142.575.419,19 euros.
E´)

Total por RPA.

Total por RPA [12´] = [10´] – [11´].
El valor [12´] es: 109.589.320,32 euros.
F´) Parte del total por RPA que se retiene provisionalmente hasta la liquidación de
situaciones pendientes.

G´)

Resultado provisional del cálculo anterior.

Importe que se retiene provisionalmente: [13´] + [14´]
Se retiene la cantidad de 68.181.676,74 euros, es decir 13.005.652,15 euros
adicionales al importe anteriormente retenido en la Primera Resolución (que fue
de 55.176.024,59 euros.
Importe que se abona a cuenta [15´] = [12´] – ([13´] + [14´])
El valor [15´] es: 41.407.643,58 euros.

cve: BOE-A-2024-12185
Verificable en https://www.boe.es

[13´] Indemnizaciones por expropiaciones pendientes de pago, de las que tendrá
que hacerse cargo la Administración cuando se dicte sentencia firme, sin amortizar. Esto
es, justiprecio, e intereses expropiatorios (estimados por la Dirección General de
Carreteras).
El valor [13´] es: 68.181.676,74 euros.
[14´] Estimación de las indemnizaciones por reanudación de expedientes
expropiatorios suspendidos en virtud de convenios de cesión de aprovechamientos
urbanísticos, sin amortizar. En particular, justiprecio, e intereses expropiatorios
(estimados por la Dirección General de Carreteras).
El valor [14´] es: 0,00 euros.