III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2024-12190)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de España, para la colaboración en el marco del Portal de Empleo y Autoempleo, Empléate.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Sábado 15 de junio de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 70149
Obligaciones de las partes.
El COGITI se compromete a dar los accesos necesarios al SEPE al portal https://
www.proempleoingenieros.es/ para recoger las ofertas de trabajo de carácter oficial
residenciadas en el mismo, esto es, las dadas de alta derivadas de publicaciones en
medios oficiales y que no provengan de agregación de otros portales, con el objeto de
publicarlas y difundirlas en el portal Empléate de la forma y manera que se determine en
la comisión de seguimiento a la que se refiere la cláusula cuarta.
El COGITI, a través de la comisión de seguimiento, determinará al SEPE las ofertas
que pueden ser difundidas a través del portal Empléate y podrá indicar su colaboración
en esta iniciativa en su portal de referencia https://www.proempleoingenieros.es/, así
como en sus acciones de comunicación.
Sin perjuicio de la responsabilidad de las instituciones convocantes en cuanto a la
autenticidad y veracidad del contenido del texto de los anuncios, el COGITI velará por
que las ofertas de empleo que puedan ser difundidas a través del portal Empléate no
sean fraudulentas o ilegales, y en particular que no induzcan o inciten a actuar de forma
ilegal, no incluyan contenidos que indiquen o promuevan discriminación, odio o violencia
por razón de sexo, raza, religión o creencias, orientación sexual, enfermedad o
discapacidad o cualquier otra vulneración de los derechos fundamentales y las libertades
reconocidas por la Constitución Española. Igualmente, velará porque no se infrinja la
normativa laboral u otras normas legales o reglamentarias sobre secreto de las
comunicaciones, propiedad intelectual, derecho al honor y a la intimidad personal, o que
incorporen contenidos, mensajes o productos violentos o degradantes, así como que
lleven a conclusiones erróneas por inexactitud, omisión o similares.
En caso de recibir quejas por parte de los usuarios por contravenir alguna de las
condiciones anteriores, el COGITI analizará el contenido de la oferta cuestionada y
procederá a darla de baja en el portal Empléate si hubiese incumplimiento normativo. En
todo caso, con el resultado de dicho análisis, dará respuesta a la queja del usuario.
El COGITI realizará los desarrollos técnicos que sean necesarios para la
comunicación al SEPE de las ofertas presentes en su portal, de acuerdo con los
requerimientos técnicos que el SEPE determine y de conformidad con lo que señala la
cláusula siguiente. Por su parte, el SEPE garantizará la visualización de las ofertas de la
primera plataforma integral de empleo para ingenieros técnicos industriales y graduados
en ingeniería de la rama industrial en España https://www.proempleoingenieros.es/ en el
portal Empléate y se compromete a incluir en el mismo una referencia a la colaboración
de la entidad firmante durante el tiempo de vigencia del presente convenio y siempre que
se mantenga la mencionada colaboración, así como referenciar e indicar el origen de las
ofertas del mencionado portal.
Las ofertas publicadas en el portal Empléate mostrarán a los usuarios la información
relativa al nombre de la oferta, descripción básica de la oferta y el portal de origen de la
misma. En todo caso, la oferta estará enlazada con el portal de origen, en el que se
realizará la intermediación correspondiente.
Todas las ofertas publicadas en el portal Empléate podrán ser difundidas a través de
la plataforma Web creada a tal efecto y a través de las redes sociales, indicando el portal
de origen.
Conforme a los principios generales que establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones Públicas deberán
relacionarse entre sí y con el resto de organismos públicos o entidades a través de
medios electrónicos, cumpliendo de esta forma con los estándares de interoperabilidad y
garantizando la seguridad de la información compartida.
Así mismo, el Esquema Nacional de Seguridad regulado por el Real
Decreto 311/2022, de 3 de mayo, en quien deriva la propia Ley 40/2015, el desarrollo de
los criterios y recomendaciones en esta materia, establece el uso de mecanismos que
cve: BOE-A-2024-12190
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Interoperabilidad.
Núm. 145
Sábado 15 de junio de 2024
Segunda.
Sec. III. Pág. 70149
Obligaciones de las partes.
El COGITI se compromete a dar los accesos necesarios al SEPE al portal https://
www.proempleoingenieros.es/ para recoger las ofertas de trabajo de carácter oficial
residenciadas en el mismo, esto es, las dadas de alta derivadas de publicaciones en
medios oficiales y que no provengan de agregación de otros portales, con el objeto de
publicarlas y difundirlas en el portal Empléate de la forma y manera que se determine en
la comisión de seguimiento a la que se refiere la cláusula cuarta.
El COGITI, a través de la comisión de seguimiento, determinará al SEPE las ofertas
que pueden ser difundidas a través del portal Empléate y podrá indicar su colaboración
en esta iniciativa en su portal de referencia https://www.proempleoingenieros.es/, así
como en sus acciones de comunicación.
Sin perjuicio de la responsabilidad de las instituciones convocantes en cuanto a la
autenticidad y veracidad del contenido del texto de los anuncios, el COGITI velará por
que las ofertas de empleo que puedan ser difundidas a través del portal Empléate no
sean fraudulentas o ilegales, y en particular que no induzcan o inciten a actuar de forma
ilegal, no incluyan contenidos que indiquen o promuevan discriminación, odio o violencia
por razón de sexo, raza, religión o creencias, orientación sexual, enfermedad o
discapacidad o cualquier otra vulneración de los derechos fundamentales y las libertades
reconocidas por la Constitución Española. Igualmente, velará porque no se infrinja la
normativa laboral u otras normas legales o reglamentarias sobre secreto de las
comunicaciones, propiedad intelectual, derecho al honor y a la intimidad personal, o que
incorporen contenidos, mensajes o productos violentos o degradantes, así como que
lleven a conclusiones erróneas por inexactitud, omisión o similares.
En caso de recibir quejas por parte de los usuarios por contravenir alguna de las
condiciones anteriores, el COGITI analizará el contenido de la oferta cuestionada y
procederá a darla de baja en el portal Empléate si hubiese incumplimiento normativo. En
todo caso, con el resultado de dicho análisis, dará respuesta a la queja del usuario.
El COGITI realizará los desarrollos técnicos que sean necesarios para la
comunicación al SEPE de las ofertas presentes en su portal, de acuerdo con los
requerimientos técnicos que el SEPE determine y de conformidad con lo que señala la
cláusula siguiente. Por su parte, el SEPE garantizará la visualización de las ofertas de la
primera plataforma integral de empleo para ingenieros técnicos industriales y graduados
en ingeniería de la rama industrial en España https://www.proempleoingenieros.es/ en el
portal Empléate y se compromete a incluir en el mismo una referencia a la colaboración
de la entidad firmante durante el tiempo de vigencia del presente convenio y siempre que
se mantenga la mencionada colaboración, así como referenciar e indicar el origen de las
ofertas del mencionado portal.
Las ofertas publicadas en el portal Empléate mostrarán a los usuarios la información
relativa al nombre de la oferta, descripción básica de la oferta y el portal de origen de la
misma. En todo caso, la oferta estará enlazada con el portal de origen, en el que se
realizará la intermediación correspondiente.
Todas las ofertas publicadas en el portal Empléate podrán ser difundidas a través de
la plataforma Web creada a tal efecto y a través de las redes sociales, indicando el portal
de origen.
Conforme a los principios generales que establece la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones Públicas deberán
relacionarse entre sí y con el resto de organismos públicos o entidades a través de
medios electrónicos, cumpliendo de esta forma con los estándares de interoperabilidad y
garantizando la seguridad de la información compartida.
Así mismo, el Esquema Nacional de Seguridad regulado por el Real
Decreto 311/2022, de 3 de mayo, en quien deriva la propia Ley 40/2015, el desarrollo de
los criterios y recomendaciones en esta materia, establece el uso de mecanismos que
cve: BOE-A-2024-12190
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Interoperabilidad.