III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Ayudas. (BOE-A-2024-12011)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 27 de mayo de 2024, por el que se aprueba corrección de erratas en el texto del Acuerdo de 30 de noviembre de 2023, sobre la aprobación de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 "Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 13 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 69428

De su aplicación se obtiene el siguiente resultado:
Comunidades Autónomas

Andalucía.

Euros

Porcentaje distribución

188.100.560,84

17,10

Aragón.

35.683.698,81

3,24

Asturias.

25.825.118,81

2,35

Balears, Illes.

26.893.211,58

2,44

Canarias.

51.226.932,94

4,66

Cantabria.

16.500.000,00

1,50

Castilla y León.

63.027.673,36

5,73

Castilla-La Mancha.

52.558.655,02

4,78

166.024.916,06

15,09

Extremadura.

28.297.717,18

2,57

Galicia.

68.650.057,49

6,24

Madrid.

141.668.642,52

12,89

Murcia.

33.889.615,74

3,08

Navarra.

16.550.081,68

1,50

País Vasco.

48.478.237,74

4,41

La Rioja.

16.500.000,00

1,50

109.119.058,56

9,92

Ceuta.

5.500.000,00

0,50

Melilla.

5.500.000,00

0,50

1.099.994.178,33

100,00

Cataluña.

C. Valenciana.

Total.

Participación de las entidades locales:

Las entidades locales participarán en al menos el 15 % de los fondos asignados a
cada comunidad autónoma, ya sea directamente o de forma compartida con la
comunidad autónoma.
Para ello, cada comunidad autónoma establecerá convenios de colaboración con las
entidades locales de su territorio, de acuerdo con la realidad institucional de cada caso.
En dichos convenios deberán especificarse los proyectos a los que se dirigirán estos
fondos y su relación con los objetivos del componente 22 «Plan de choque de la
economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión» del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En lo relativo a la transferencia y gestión de los fondos, incluyendo la recepción de
los proyectos que se proponen y su justificación posterior, el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agenda 2030 se relacionará únicamente con las comunidades
autónomas, incluso para los proyectos incluidos en los anteriores convenios.
3.

Distribución de los fondos entre los distintos tipos de proyectos:

Las comunidades y ciudades autónomas ejecutarán los proyectos presentados y
autorizados en su momento por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, así como sus correspondientes modificaciones, sin que la suma de los
importes asignados a cada proyecto pueda superar el volumen total de recursos
asignado a la comunidad o ciudad autónoma.

cve: BOE-A-2024-12011
Verificable en https://www.boe.es

2.