III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-12002)
Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alejandría Power, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica El Caballero, de 51,725 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en La Zarza (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69340
declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Los circuitos de interconexión subterráneos a 30 kV, que unen los centros de
transformación de la instalación solar, con las celdas ubicadas en la subestación
transformadora «SET El Caballero 30/132 kV».
– Subestación eléctrica «SET El Caballero 30/132 kV».
El resto de las infraestructuras de evacuación, hasta la red de transporte en la
subestación Olmedo 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, no forma
parte de este expediente y cuenta con autorización administrativa de construcción
otorgada mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de
fechas 24 de mayo de 2024, por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
instalación fotovoltaica «Elawan Olmedo I», de 50,064 MW de potencia instalada y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del
Campo, en la provincia de Valladolid, así como Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas de fecha 31 de marzo de 2024, por la que se otorga a Planta
Solar OPDE 27, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica «Los Silos», de 50,10 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Almenara
de Adaja, Bocigas y Olmedo, en la provincia de Valladolid:
– Subestación eléctrica «SET Gomeznarro 132/30 kV» (PFot-344).
– Línea eléctrica a 132 kV «LASAT SET Gomeznarro-SET Olmedo Renovables»
(PFot-344). Esta línea eléctrica cuenta con un circuito que realiza una entrada-salida en
la subestación SET El Caballero.
– Subestación eléctrica «SET Olmedo Renovables 400 kV» (PFot-298).
– Línea eléctrica a 400 kV «SET Olmedo Renovables-SET Olmedo REE» (Pfot-298).
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 6 de septiembre de 2023, declaración responsable
que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
cve: BOE-A-2024-12002
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69340
declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Los circuitos de interconexión subterráneos a 30 kV, que unen los centros de
transformación de la instalación solar, con las celdas ubicadas en la subestación
transformadora «SET El Caballero 30/132 kV».
– Subestación eléctrica «SET El Caballero 30/132 kV».
El resto de las infraestructuras de evacuación, hasta la red de transporte en la
subestación Olmedo 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, no forma
parte de este expediente y cuenta con autorización administrativa de construcción
otorgada mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de
fechas 24 de mayo de 2024, por la que se otorga a Elawan Energy Olmedo 1, SL,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la
instalación fotovoltaica «Elawan Olmedo I», de 50,064 MW de potencia instalada y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del
Campo, en la provincia de Valladolid, así como Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas de fecha 31 de marzo de 2024, por la que se otorga a Planta
Solar OPDE 27, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica «Los Silos», de 50,10 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Almenara
de Adaja, Bocigas y Olmedo, en la provincia de Valladolid:
– Subestación eléctrica «SET Gomeznarro 132/30 kV» (PFot-344).
– Línea eléctrica a 132 kV «LASAT SET Gomeznarro-SET Olmedo Renovables»
(PFot-344). Esta línea eléctrica cuenta con un circuito que realiza una entrada-salida en
la subestación SET El Caballero.
– Subestación eléctrica «SET Olmedo Renovables 400 kV» (PFot-298).
– Línea eléctrica a 400 kV «SET Olmedo Renovables-SET Olmedo REE» (Pfot-298).
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 6 de septiembre de 2023, declaración responsable
que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
cve: BOE-A-2024-12002
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