III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-12001)
Resolución de 22 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Choose Your Way, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Metaway II, de 107,79 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Alcalá de Guadaíra, Utrera y Sevilla (Sevilla) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69334
provisional o definitiva, ni de la inscripción previa o definitiva en el registro administrativo
de instalaciones de producción de energía eléctrica con anterioridad al inicio del
semestre indicado.
Conforme al artículo 28 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que
se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas
de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la
sequía, en ningún caso el plazo total para disponer de la autorización administrativa de
explotación superará los 8 años.
3. El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras
al órgano competente provincial, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la
autorización de explotación.
4. El promotor deberá cumplir con la totalidad de los condicionantes establecidos
en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al artículo 41 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede
desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, así como en el informe
del Servicio de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de fecha 23 de noviembre de 2022en relación con el
cumplimiento de medidas compensatorias y, en particular, antes de las obras:
– En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima
anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el
órgano ambiental de la Junta de Andalucía. Se informará a la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible en Sevilla, con antelación suficiente, del comienzo de las obras.
(Apartado 4.1).
– El desmantelamiento de la balsa de regadío ubicada dentro del perímetro de la
planta de Metaway II, se realizará previa autorización y en coordinación con la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. (Apartado 4.2.2).
– Antes del inicio de las obras se realizará una prospección botánica del terreno para
evitar la afección directa o indirecta a especies de flora amenazada y/o vegetación de
interés. En el caso de estimarse necesario el trasplante de algún ejemplar, este se
marcará y protegerá adecuadamente. Cualquier incidencia, observación o consulta
relativa a las especies amenazadas del entorno se dirigirá a la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible o a los Agentes de Medio Ambiente de la
misma. (Apartado 4.2.3).
– En caso excepcional, podrá usarse desbrozadora sin remoción de suelo, y
evitando el periodo crítico de reproducción de la mayoría de las especies (marzo, abril y
mayo). (Apartado 4.2.3).
– Durante la construcción, se minimizará la afección a cualquier HIC. Se
compensarán las 0,26 ha del HIC 92A0 afectado por la construcción de los apoyos del
tendido eléctrico, mediante la plantación de sauces y chopos. Aunque el EsIA no
describe una posible afección de la línea eléctrica al HIC 6310, en caso de que así fuera,
se realizarán plantaciones propias de dicho hábitat en compensación. Las plantaciones
se harán en una superficie equivalente y en aquellas localizaciones que la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla estime oportunas. (Apartado 4.2.3).
– Con anterioridad al inicio de los trabajos, deberá inspeccionarse la zona para
detectar la posible existencia de ejemplares de especies amenazadas, evitando su
afección directa o indirecta. Cualquier incidencia, observación o consulta relativa a las
especies amenazadas del entorno se dirigirá a la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, o a los Agentes de Medio Ambiente de la misma.
(Apartado 4.2.4).
Así mismo, no se podrá dañar especies de fauna incluidas en el Catálogo Español de
Especies Amenazadas, en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas o en el anejo
V de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En caso de detectarse
especies incluidas en los citados documentos que puedan verse afectadas, deben
interrumpirse los trabajos y comunicar esta circunstancia a esta Delegación Territorial
cve: BOE-A-2024-12001
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
Jueves 13 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 69334
provisional o definitiva, ni de la inscripción previa o definitiva en el registro administrativo
de instalaciones de producción de energía eléctrica con anterioridad al inicio del
semestre indicado.
Conforme al artículo 28 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que
se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas
de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la
sequía, en ningún caso el plazo total para disponer de la autorización administrativa de
explotación superará los 8 años.
3. El titular de la citada instalación deberá dar cuenta de la terminación de las obras
al órgano competente provincial, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la
autorización de explotación.
4. El promotor deberá cumplir con la totalidad de los condicionantes establecidos
en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al artículo 41 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede
desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, así como en el informe
del Servicio de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul de fecha 23 de noviembre de 2022en relación con el
cumplimiento de medidas compensatorias y, en particular, antes de las obras:
– En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima
anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el
órgano ambiental de la Junta de Andalucía. Se informará a la Delegación Territorial de
Desarrollo Sostenible en Sevilla, con antelación suficiente, del comienzo de las obras.
(Apartado 4.1).
– El desmantelamiento de la balsa de regadío ubicada dentro del perímetro de la
planta de Metaway II, se realizará previa autorización y en coordinación con la
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. (Apartado 4.2.2).
– Antes del inicio de las obras se realizará una prospección botánica del terreno para
evitar la afección directa o indirecta a especies de flora amenazada y/o vegetación de
interés. En el caso de estimarse necesario el trasplante de algún ejemplar, este se
marcará y protegerá adecuadamente. Cualquier incidencia, observación o consulta
relativa a las especies amenazadas del entorno se dirigirá a la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible o a los Agentes de Medio Ambiente de la
misma. (Apartado 4.2.3).
– En caso excepcional, podrá usarse desbrozadora sin remoción de suelo, y
evitando el periodo crítico de reproducción de la mayoría de las especies (marzo, abril y
mayo). (Apartado 4.2.3).
– Durante la construcción, se minimizará la afección a cualquier HIC. Se
compensarán las 0,26 ha del HIC 92A0 afectado por la construcción de los apoyos del
tendido eléctrico, mediante la plantación de sauces y chopos. Aunque el EsIA no
describe una posible afección de la línea eléctrica al HIC 6310, en caso de que así fuera,
se realizarán plantaciones propias de dicho hábitat en compensación. Las plantaciones
se harán en una superficie equivalente y en aquellas localizaciones que la Delegación
Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla estime oportunas. (Apartado 4.2.3).
– Con anterioridad al inicio de los trabajos, deberá inspeccionarse la zona para
detectar la posible existencia de ejemplares de especies amenazadas, evitando su
afección directa o indirecta. Cualquier incidencia, observación o consulta relativa a las
especies amenazadas del entorno se dirigirá a la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible, o a los Agentes de Medio Ambiente de la misma.
(Apartado 4.2.4).
Así mismo, no se podrá dañar especies de fauna incluidas en el Catálogo Español de
Especies Amenazadas, en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas o en el anejo
V de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En caso de detectarse
especies incluidas en los citados documentos que puedan verse afectadas, deben
interrumpirse los trabajos y comunicar esta circunstancia a esta Delegación Territorial
cve: BOE-A-2024-12001
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143