V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2024-21892)
Extracto de la Resolución de 10 de junio de 2024, de la Dirección General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convoca las ayudas destinadas a la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital de las pequeñas y medianas empresas del segmento A, B y C en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el PRTR -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio-Kit Consulting)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Jueves 13 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 32863

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

21892

Extracto de la Re solución de 10 de junio de 2024, de la Dire cción
Ge ne ral de la Entidad Pública Empre sarial Re d.e s, por la que se
convoca las ayudas de stinadas a la contratación de Se rvicios de
Ase soramie nto para la Transformación Digital de las pe que ñas y
medianas empresas del segmento A, B y C en el marco de la Agenda
España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el
PRTR -Financiado por la Unión Europe a- Ne xt Ge ne ration EU
(Programa Age nte s de l Cambio-Kit Consulting)

BDNS(Identif.):750851
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
750851)
Primero. Beneficiarios:
1.Podrán ser beneficiarios de esta Convocatoria de ayudas las entidades del
artículo 7 de las Bases Reguladoras, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio
español, comprendidas en los Segmentos que establece el artículo 7.3 de las
Bases Reguladoras:
a) Segmento A: Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
b) Segmento B: Empresas de entre 50 y menos de 100 empleados.
c) Segmento C: Empresas de entre 100 y menos de 250 empleados.
2.No podrán ser beneficiarias en esta Convocatoria:
a)

Las uniones temporales de empresas (UTES).

b)
Las personas físicas o jurídicas que sean Asesores Digitales
Adheridos, en los términos del artículo 10 de las Bases Reguladoras, ni aquellas
con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte,
de servicios de asesoramiento.

d)
público.

Las personas en situación de autoempleo.
Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho

e)
Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de
bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o
cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de
personalidad jurídica.
3.Para ser beneficiario deberá cumplir con los siguientes requisitos previstos
en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:
a)

Tener domicilio fiscal en territorio español.

cve: BOE-B-2024-21892
Verificable en https://www.boe.es

c)