III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-11953)
Resolución de 4 de junio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con Suma Gestión Tributaria, Diputación de Alicante, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 12 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 68834
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es facilitar el acceso a la Base de Padrón continuo
gestionada por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) a los servicios de
gestión tributaria y recaudación de Suma Gestión Tributaria (en adelante Suma), a través
del Servicio Web (SECOPA) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato de
domicilio a los efectos de llevar a cabo las funciones de su competencia necesarias para
la aplicación efectiva del sistema tributario local y de aquellos recursos de otras
entidades locales integradas en su territorio, cuyas facultades de gestión, liquidación,
inspección y recaudación le hayan sido delegadas por estas, en virtud de lo establecido
en el artículo 7 del TRLRHL.
En el anexo se facilita la relación de Ayuntamientos que han delegado las
competencias de gestión/recaudación en la Diputación Provincial de Alicante.
Segunda. Características del Servicio WEB de consulta a la Base de Datos del Padrón.
El INE, en el marco establecido por este convenio, pondrá a disposición de Suma, el
servicio Web de consulta de la Base de Datos del Padrón (SECOPA) para el acceso por
parte de los usuarios autorizados del mismo, a través de la Plataforma de Intermediación
de Datos (PID).
Las consultas se llevarán a cabo individualmente para cada procedimiento, siendo
necesario hacer constar para cada una su número de identificación y el motivo de
acceso a la base padronal, utilizando para ello los campos «Expediente» y «Finalidad».
Estos campos son los que permitirán llevar a cabo las tareas de control y la localización
de los expedientes en las auditorías que sobre cesión de datos se realicen.
Para realizar la consulta se podrán consignar los siguientes datos: DNI (o número
que lo sustituya para los extranjeros), apellidos, nombre y fecha de nacimiento,
devolviéndose por SECOPA el domicilio en el que la persona aparece inscrita siempre
que exista una única inscripción en la base cuyos datos de identificación coincidan con
los datos de búsqueda introducidos. En el caso en que exista más de una inscripción o
ninguna con los criterios de búsqueda introducidos, se indicará mediante mensajes
específicos.
Tercera. Requisitos para acceder a la Base de Datos del Padrón Continuo del Instituto
Nacional de Estadística.
1. La gestión de usuarios y el control de accesos al Servicio Web de Consulta de la
Base de Datos de Padrón por los servicios de gestión tributaria y recaudación de Suma
se regirá por las normas técnicas que se acuerden entre el INE y Suma. El INE delega
en Suma la gestión de usuarios. Suma deberá comunicar al INE, a través de la PID, para
su autorización, el nombre del procedimiento y aplicación desde la que realizará el
acceso, con el objeto de que, desde la aplicación del INE, se pueda realizar el
correspondiente control.
Suma utilizará, en una primera fase, el cliente cloud de la Plataforma de
Intermediación de Datos (PID) y, en una segunda fase, integrará, mediante servicios
web, su solución de Gestión Tributaria a través de la PID.
2. Suma sólo podrá acceder a la Base de Datos del Padrón gestionado por el INE,
en virtud de petición fundada en la necesidad de la realización de las funciones de su
competencia necesarias para la gestión tributaria y recaudatoria de sus tributos y los de
las entidades locales integradas en su territorio cuyas facultades de gestión, liquidación,
cve: BOE-A-2024-11953
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Miércoles 12 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 68834
Por todo ello, ambas partes han acordado suscribir el presente convenio conforme a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es facilitar el acceso a la Base de Padrón continuo
gestionada por el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) a los servicios de
gestión tributaria y recaudación de Suma Gestión Tributaria (en adelante Suma), a través
del Servicio Web (SECOPA) desarrollado por el primero, con el fin de obtener el dato de
domicilio a los efectos de llevar a cabo las funciones de su competencia necesarias para
la aplicación efectiva del sistema tributario local y de aquellos recursos de otras
entidades locales integradas en su territorio, cuyas facultades de gestión, liquidación,
inspección y recaudación le hayan sido delegadas por estas, en virtud de lo establecido
en el artículo 7 del TRLRHL.
En el anexo se facilita la relación de Ayuntamientos que han delegado las
competencias de gestión/recaudación en la Diputación Provincial de Alicante.
Segunda. Características del Servicio WEB de consulta a la Base de Datos del Padrón.
El INE, en el marco establecido por este convenio, pondrá a disposición de Suma, el
servicio Web de consulta de la Base de Datos del Padrón (SECOPA) para el acceso por
parte de los usuarios autorizados del mismo, a través de la Plataforma de Intermediación
de Datos (PID).
Las consultas se llevarán a cabo individualmente para cada procedimiento, siendo
necesario hacer constar para cada una su número de identificación y el motivo de
acceso a la base padronal, utilizando para ello los campos «Expediente» y «Finalidad».
Estos campos son los que permitirán llevar a cabo las tareas de control y la localización
de los expedientes en las auditorías que sobre cesión de datos se realicen.
Para realizar la consulta se podrán consignar los siguientes datos: DNI (o número
que lo sustituya para los extranjeros), apellidos, nombre y fecha de nacimiento,
devolviéndose por SECOPA el domicilio en el que la persona aparece inscrita siempre
que exista una única inscripción en la base cuyos datos de identificación coincidan con
los datos de búsqueda introducidos. En el caso en que exista más de una inscripción o
ninguna con los criterios de búsqueda introducidos, se indicará mediante mensajes
específicos.
Tercera. Requisitos para acceder a la Base de Datos del Padrón Continuo del Instituto
Nacional de Estadística.
1. La gestión de usuarios y el control de accesos al Servicio Web de Consulta de la
Base de Datos de Padrón por los servicios de gestión tributaria y recaudación de Suma
se regirá por las normas técnicas que se acuerden entre el INE y Suma. El INE delega
en Suma la gestión de usuarios. Suma deberá comunicar al INE, a través de la PID, para
su autorización, el nombre del procedimiento y aplicación desde la que realizará el
acceso, con el objeto de que, desde la aplicación del INE, se pueda realizar el
correspondiente control.
Suma utilizará, en una primera fase, el cliente cloud de la Plataforma de
Intermediación de Datos (PID) y, en una segunda fase, integrará, mediante servicios
web, su solución de Gestión Tributaria a través de la PID.
2. Suma sólo podrá acceder a la Base de Datos del Padrón gestionado por el INE,
en virtud de petición fundada en la necesidad de la realización de las funciones de su
competencia necesarias para la gestión tributaria y recaudatoria de sus tributos y los de
las entidades locales integradas en su territorio cuyas facultades de gestión, liquidación,
cve: BOE-A-2024-11953
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Núm. 142