III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Contratación administrativa. (BOE-A-2024-11944)
Orden HAC/581/2024, de 3 de junio, por la que se crean y regulan la Junta y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Miércoles 12 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 68797

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/581/2024, de 3 de junio, por la que se crean y regulan la Junta y
la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de
Hacienda.

La presente orden crea y regula los órganos colegiados en materia de contratación
del Ministerio de Hacienda, de acuerdo con los cambios organizativos efectuados por el
Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Hacienda.
En concreto, se crean y regulan la Junta y la Mesa de Contratación de los Servicios
Centrales del Ministerio de Hacienda, en ejercicio de la habilitación legal expresa del
artículo 323 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en el primer caso, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 326 de la misma Ley, en el segundo, y en el
artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La
Mesa de Contratación asistirá con carácter permanente a los diversos órganos de
contratación unipersonales de los Servicios Centrales del departamento.
En cuanto a su contenido y tramitación, la presente orden observa los principios de
buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple con los
principios de necesidad y eficacia, por cuanto los cambios organizativos operados con
motivo del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, hacen necesaria su aprobación. Es
acorde también con el principio de proporcionalidad, al ser el medio más adecuado para
cumplir estos objetivos, y con el principio de seguridad jurídica dada su integración en el
ordenamiento jurídico. Asimismo, cumple con el principio de transparencia, ya que
identifica claramente su propósito y la MAIN ofrece una explicación completa de su
contenido. Por último, es coherente con el principio de eficiencia, ya que es una norma
que no supone un incremento de cargas administrativas y atiende y persigue el interés
general creando órganos adaptados a los cambios organizativos mencionados para el
ejercicio de determinadas competencias en materia de contratación.
Por último, se establece un régimen transitorio para los expedientes de contratación
iniciados por la Junta de Contratación o con la intervención de la Mesa de Contratación
regulado por la Orden HFP/245/2022, de 23 de marzo, que pertenezcan exclusivamente
al ámbito de competencias del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública, hasta que se constituyan los órganos colegiados en materia de contratación en
el citado departamento ministerial.
Esta orden ha sido sometida a informe previo de la Junta Consultiva de Contratación
Pública del Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 328.3.c) de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
En su virtud, con la aprobación previa de la persona titular del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto la creación de los siguientes órganos colegiados
en el Ministerio de Hacienda, y la regulación de sus funciones, régimen de
funcionamiento y composición:
a)
b)

La Junta de Contratación de los Servicios Centrales.
La Mesa de Contratación de los Servicios Centrales.

cve: BOE-A-2024-11944
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