III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-11850)
Resolución de 4 de junio de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Notariado, para el apoyo del Proyecto Cátedra Museo del Prado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 11 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 68144

b) Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la disposición adicional decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo el Museo Nacional del Prado tienen la consideración de entidad
beneficiaria del mecenazgo.
IV. Que la Fundación Cultural del Notariado, ahora denominada como Fundación
Notariado, es una entidad de interés general, de carácter particular, de naturaleza
permanente y de ámbito estatal, reconocida con el carácter de benéfica por Orden del
Ministerio de Cultura de 23 de octubre de 1995, entre cuyos fines se encuentran «la
contribución del notariado al desarrollo social, económico y cultural de la sociedad, en
particular la española, así como de las personas y grupos sociales, con especial atención
a los valores humanos, su progreso y perfeccionamiento».
V. Que el Museo Nacional Museo del Prado y la Fundación Notariado tienen
voluntad de cooperar entre sí para la realización de sus fines y actividades. A este
objeto, el Museo ha propuesto a la Fundación volver a colaborar con él asumiendo el
patrocinio exclusivo de la «Cátedra Museo del Prado», que es una de las principales
líneas de actuación del Centro de Estudios del Museo del Prado.
VI. Que ambas partes han manifestado su voluntad de suscribir el presente
convenio que, a los efectos del artículo 25 de Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo, tiene la consideración de «convenio de colaboración empresarial de interés
general», de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

1. El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo
Nacional del Prado y la Fundación Notariado para patrocinar en exclusiva el siguiente
proyecto: «Cátedra Museo del Prado durante los años 2024 a 2027».
La actividad o actividades determinadas en que se concrete la relación entre ambas
entidades serán establecidas de mutuo acuerdo por las partes en el seno de la Comisión
de Seguimiento, conforme a lo establecido en la cláusula quinta.
2. La colaboración del Museo Nacional del Prado y la Fundación Notariado
formalizada a través del presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara,
efectuada en consonancia con los fines de interés general a que se refiere el título III de
la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10
de octubre, de desarrollo reglamentario de la anterior.

cve: BOE-A-2024-11850
Verificable en https://www.boe.es

Primera.