III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-11849)
Resolución de 31 de mayo de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universitat de València, para prácticas formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Martes 11 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 68141
acuerdo con la nueva normativa en materia de Seguridad Social, para lo cual formalizan
este documento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
La presente convenio tiene por objeto modificar parcialmente el convenio para la
realización de prácticas formativas suscrito entre el MNCARS con la Universitat de
València y que ha sido inscrito en REOICO con fecha 11 de marzo de 2021 y publicado
en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 26 de marzo de 2021.
Segunda.
Modificación parcial del convenio.
2.1 Se modifica el párrafo tercero del apartado F «Régimen jurídico laboral» de la
Cláusula Segunda «Condiciones generales del convenio», quedando redactado como
sigue:
«El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social con respecto a los
estudiantes del programa de prácticas no remuneradas del MNCARS
corresponderá a la Universitat de València, que asumirá la condición de
empresario, es decir, como sujeto obligado y responsable en cuanto al alta y pago
de cotizaciones de los estudiantes con arreglo a las prescripciones y previsiones
fijadas por la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social (en la nueva redacción dada en el apartado 34
del artículo único del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas
urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la
brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del
sistema público de pensiones), y demás normativa vigente en materia de
Seguridad Social.»
2.2 Se incluye un nuevo apartado en la cláusula tercera del convenio
«Compromisos de la Universitat de València (a través del centro correspondiente u
órgano responsable de la titulación)», quedando redactado como sigue:
2.3 Se modifica el apartado 2 de la cláusula cuarta del convenio «Compromisos del
MNCARS», quedando redactado como sigue:
«Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada
estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor
académico de prácticas de la Universidad el informe de aprovechamiento de las
prácticas a su finalización, en el que constará el tiempo de prácticas realizado,
horas totales y su contenido, con el cómputo de los días efectivos de prácticas
realizadas por los estudiantes a los efectos establecidos en el apartado 4. b)
de la Disposición Adicional Quincuagésima Segunda del Real Decreto
cve: BOE-A-2024-11849
Verificable en https://www.boe.es
«4. La Universidad, en su condición de empresario, recabará del tutor
académico los datos que a este le hayan sido suministrados por el MNCARS al
objeto de comunicar los días efectivos de prácticas realizadas por los estudiantes
a los efectos establecidos en el apartado 4. b) de la Disposición Adicional
Quincuagésima Segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
(en la nueva redacción dada en el apartado 34 del artículo único del Real Decretoley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos
de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de
un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones).»
Núm. 141
Martes 11 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 68141
acuerdo con la nueva normativa en materia de Seguridad Social, para lo cual formalizan
este documento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
La presente convenio tiene por objeto modificar parcialmente el convenio para la
realización de prácticas formativas suscrito entre el MNCARS con la Universitat de
València y que ha sido inscrito en REOICO con fecha 11 de marzo de 2021 y publicado
en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 26 de marzo de 2021.
Segunda.
Modificación parcial del convenio.
2.1 Se modifica el párrafo tercero del apartado F «Régimen jurídico laboral» de la
Cláusula Segunda «Condiciones generales del convenio», quedando redactado como
sigue:
«El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social con respecto a los
estudiantes del programa de prácticas no remuneradas del MNCARS
corresponderá a la Universitat de València, que asumirá la condición de
empresario, es decir, como sujeto obligado y responsable en cuanto al alta y pago
de cotizaciones de los estudiantes con arreglo a las prescripciones y previsiones
fijadas por la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social (en la nueva redacción dada en el apartado 34
del artículo único del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas
urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la
brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del
sistema público de pensiones), y demás normativa vigente en materia de
Seguridad Social.»
2.2 Se incluye un nuevo apartado en la cláusula tercera del convenio
«Compromisos de la Universitat de València (a través del centro correspondiente u
órgano responsable de la titulación)», quedando redactado como sigue:
2.3 Se modifica el apartado 2 de la cláusula cuarta del convenio «Compromisos del
MNCARS», quedando redactado como sigue:
«Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada
estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor
académico de prácticas de la Universidad el informe de aprovechamiento de las
prácticas a su finalización, en el que constará el tiempo de prácticas realizado,
horas totales y su contenido, con el cómputo de los días efectivos de prácticas
realizadas por los estudiantes a los efectos establecidos en el apartado 4. b)
de la Disposición Adicional Quincuagésima Segunda del Real Decreto
cve: BOE-A-2024-11849
Verificable en https://www.boe.es
«4. La Universidad, en su condición de empresario, recabará del tutor
académico los datos que a este le hayan sido suministrados por el MNCARS al
objeto de comunicar los días efectivos de prácticas realizadas por los estudiantes
a los efectos establecidos en el apartado 4. b) de la Disposición Adicional
Quincuagésima Segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
(en la nueva redacción dada en el apartado 34 del artículo único del Real Decretoley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos
de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de
un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones).»