II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-11807)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 11 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 67986

ocupe el siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente, hasta la cobertura de la
plaza autorizada.
Salvo que las personas candidatas expresen su renuncia definitiva o sean excluidos
por la causa señalada en la base 9, volverán a ser llamadas nuevamente cuando
corresponda, una vez agotada la relación de personas candidatas y conforme al sistema
rotativo de la misma.
9.

Exclusiones y revocaciones

9.1 Será causa de exclusión de la relación de personas candidatas el rechazar una
oferta de nombramiento sin causa justificada.
9.2 El cese de los funcionarios interinos y las funcionarias interinas se producirá,
además de por las causas previstas en el artículo 63 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, cuando finalice la causa que dio lugar a su
nombramiento.
10.

Mantenimiento del número de orden

Mantendrán su número de orden en la lista:
– Quienes se encuentren en situación de enfermedad, siempre que acrediten dicha
situación mediante la documentación médica oficial correspondiente o concurra alguna
causa de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el tribunal.
– Quienes en el momento del llamamiento se encuentren prestando servicios en el
sector público o privado.
11.

Situaciones de maternidad o embarazo de riesgo

Las personas que, en el momento del llamamiento se encuentren en situación de
maternidad o de embarazo de riesgo serán llamadas en las mismas condiciones que el
resto de personas candidatas de la lista, haciéndose igualmente efectiva su contratación.
12.

Norma final

Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes
desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 3 de junio de 2024.–La Subsecretaria de Interior, P.D. (Orden INT/985/2005,
de 7 de abril), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz
González.

cve: BOE-A-2024-11807
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Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.