II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-11807)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 67984

correspondiente, en la página www.institucionpentienciaria.es y en el Punto de Acceso
General www.administracion.gob.es.
3.2 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de diez
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado http://
administracion.gob.es.
Las solicitudes serán dirigidas al Servicio de Selección y Concursos de la
Subdirección General de Recursos Humanos.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.3 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.3.1 Título: Diplomado Universitario o Grado en Enfermería.
3.3.2 Nacionalidad: Estarán obligados a presentar documentación acreditativa de la
nacionalidad, apartado 2.1.1, quienes se encuentren incluidos en el apartado c) o en el
apartado d).
Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad, las
personas incluidas en el apartado a), así como las personas extranjeras residentes en
España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la
comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
La no presentación de la documentación referida en el punto 3.3.1 y/o en el
punto 3.3.2, supondrá la exclusión de la persona candidata.
3.3.3 Documentación acreditativa de los méritos que la persona candidata desee
que se valoren. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se
recogen en el anexo I.
3.3.4 Anexo III bis de petición de plazas por orden priorizado.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona
interesada.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la relación de
personas aspirantes admitidas y excluidas, ordenada alfabéticamente, con indicación de
las causas de exclusión, número de documento de identidad o pasaporte, señalando un
plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la
relación, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión. Esta
relación se publicará al menos en los medios indicados en la base 1.1.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, estas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
5.

Tribunal

5.1 La selección del personal se realizará por el tribunal de este proceso y que
figura como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás disposiciones vigentes.

cve: BOE-A-2024-11807
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Núm. 141