I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Amnistía. (BOE-A-2024-11776)
Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Martes 11 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 67781

habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia,
a cuyo efecto la autoridad judicial sentenciadora deberá oír a la persona ofendida
por el delito antes de dictarla.
En los delitos cometidos contra personas menores de edad o personas con
discapacidad necesitadas de especial protección que afecten a bienes jurídicos
eminentemente personales, el perdón de la persona ofendida no extingue la
responsabilidad criminal.
6.º Por la prescripción del delito.
7.º Por la prescripción de la pena o de la medida de seguridad.»
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan
guardar esta ley orgánica.
Madrid, 10 de junio de 2024.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,

cve: BOE-A-2024-11776
Verificable en https://www.boe.es

PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X