III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11747)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Proyecto 2.º anillo de distribución de agua potable de la Comunidad de Madrid, tramo 8".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67516
longitud total del tramo, 8.080 m se encuentran en el municipio de Getafe y los
restantes 6.860 en Madrid.
El proyecto consiste en la instalación de una nueva conducción con un diámetro
interior de 1.600 mm, con camisa de chapa de acero embebida en un dado de hormigón
de sección 2,1 m x 2,1 m. El trazado de la conducción es sensiblemente paralelo a la
autovía M-50, discurriendo en parte de su trazado muy cerca de la traza de la carretera.
Prácticamente todo el trazado se realiza en zanja, salvo en la zona donde se realiza
el cruce del río Manzanares, que se realiza mediante un acueducto con una longitud
de 1.280 m y un total de 14 apoyos y los dos estribos correspondientes. La zanja en la
que discurre el resto del trazado tiene un ancho de fondo de 3,20 m, dejando, por tanto,
a ambos lados del dado de hormigón 0,55 m, suficientes para realizar la colocación de la
tubería. Contempla la colocación de una capa de 0,10 m de altura de hormigón de
limpieza en la base de la zanja. El relleno de la zanja se realizará con el material
procedente de la propia excavación y el recubrimiento mínimo sobre el dado de
hormigón, que protege la tubería, será de 0,6 cm.
Los cruces de las vías de comunicación (M-301) se realizan mediante hinca de
diámetro exterior de 2.400 mm con un diámetro interior libre de 2.000 mm que permite
alojar la tubería.
La conducción contará con una serie de elementos de maniobra y control ubicados en
puntos con cambios de pendiente de la conducción y en los desagües, de derivación de
caudales hacia ramales o arterias existentes y de medición de parámetros de presión y caudal.
La superficie de ocupación permanente contemplada para el proyecto está
compuesta por una banda de 14 metros de ancho a lo largo de toda la traza de las
conducciones. En aquellas zonas donde se ubiquen las arquetas se ampliará la franja de
ocupación al ancho de estas. Están contempladas, asimismo, las zonas en las que se
realizará la instalación del equipamiento necesario y la zanja de 22,5 m de longitud por la
que discurrirá soterrada la única conexión eléctrica proyectada para la que se reserva
una franja de ocupación permanente de 6 m de ancho. La superficie de ocupación
permanente total estimada para el proyecto es de 209.160 m2.
La ocupación temporal necesaria para el desarrollo de las obras incluye una franja
de 20 m de ancho, dividida en dos bandas de 10 m a cada lado de la banda de
ocupación permanente de la conducción, pudiendo ubicarse en tramos concretos en su
totalidad a un lado de la misma, incrementar su ancho e incluso reducirse al mínimo
imprescindible para preservar determinados elementos naturales. Se necesitarán diez
áreas auxiliares de 500 m2 cada una para albergar temporalmente las instalaciones
necesarias para el desarrollo de las obras. En total, la superficie de ocupación temporal
de las obras se estima en 302.700 m2.
Tramitación del procedimiento
El 29 de octubre de 2021, se publica en el «Boletín Oficial del Estado», anuncio de la
Confederación Hidrográfica del Tajo por el que se somete a información pública el estudio de
impacto ambiental. No se presentaron alegaciones durante esta fase. Por su parte, el 17 de
noviembre de 2021, el órgano sustantivo realiza las consultas a las Administraciones públicas
afectadas y a las personas interesadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El anexo I de la presente resolución recoge las Administraciones públicas afectadas
y personas interesadas consultadas durante el trámite de información pública y si han
emitido respuesta.
Con fecha 15 de julio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, el
expediente para el inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria
y tras su análisis se constata que no obran todos los informes preceptivos citados en el
artículo 37.2 de la Ley de evaluación ambiental. Por tanto, con fecha 22 de septiembre
de 2022, se requiere al órgano sustantivo que subsane el expediente y aporte los
informes de los órganos con competencias en materia de medio ambiente, aguas,
cve: BOE-A-2024-11747
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67516
longitud total del tramo, 8.080 m se encuentran en el municipio de Getafe y los
restantes 6.860 en Madrid.
El proyecto consiste en la instalación de una nueva conducción con un diámetro
interior de 1.600 mm, con camisa de chapa de acero embebida en un dado de hormigón
de sección 2,1 m x 2,1 m. El trazado de la conducción es sensiblemente paralelo a la
autovía M-50, discurriendo en parte de su trazado muy cerca de la traza de la carretera.
Prácticamente todo el trazado se realiza en zanja, salvo en la zona donde se realiza
el cruce del río Manzanares, que se realiza mediante un acueducto con una longitud
de 1.280 m y un total de 14 apoyos y los dos estribos correspondientes. La zanja en la
que discurre el resto del trazado tiene un ancho de fondo de 3,20 m, dejando, por tanto,
a ambos lados del dado de hormigón 0,55 m, suficientes para realizar la colocación de la
tubería. Contempla la colocación de una capa de 0,10 m de altura de hormigón de
limpieza en la base de la zanja. El relleno de la zanja se realizará con el material
procedente de la propia excavación y el recubrimiento mínimo sobre el dado de
hormigón, que protege la tubería, será de 0,6 cm.
Los cruces de las vías de comunicación (M-301) se realizan mediante hinca de
diámetro exterior de 2.400 mm con un diámetro interior libre de 2.000 mm que permite
alojar la tubería.
La conducción contará con una serie de elementos de maniobra y control ubicados en
puntos con cambios de pendiente de la conducción y en los desagües, de derivación de
caudales hacia ramales o arterias existentes y de medición de parámetros de presión y caudal.
La superficie de ocupación permanente contemplada para el proyecto está
compuesta por una banda de 14 metros de ancho a lo largo de toda la traza de las
conducciones. En aquellas zonas donde se ubiquen las arquetas se ampliará la franja de
ocupación al ancho de estas. Están contempladas, asimismo, las zonas en las que se
realizará la instalación del equipamiento necesario y la zanja de 22,5 m de longitud por la
que discurrirá soterrada la única conexión eléctrica proyectada para la que se reserva
una franja de ocupación permanente de 6 m de ancho. La superficie de ocupación
permanente total estimada para el proyecto es de 209.160 m2.
La ocupación temporal necesaria para el desarrollo de las obras incluye una franja
de 20 m de ancho, dividida en dos bandas de 10 m a cada lado de la banda de
ocupación permanente de la conducción, pudiendo ubicarse en tramos concretos en su
totalidad a un lado de la misma, incrementar su ancho e incluso reducirse al mínimo
imprescindible para preservar determinados elementos naturales. Se necesitarán diez
áreas auxiliares de 500 m2 cada una para albergar temporalmente las instalaciones
necesarias para el desarrollo de las obras. En total, la superficie de ocupación temporal
de las obras se estima en 302.700 m2.
Tramitación del procedimiento
El 29 de octubre de 2021, se publica en el «Boletín Oficial del Estado», anuncio de la
Confederación Hidrográfica del Tajo por el que se somete a información pública el estudio de
impacto ambiental. No se presentaron alegaciones durante esta fase. Por su parte, el 17 de
noviembre de 2021, el órgano sustantivo realiza las consultas a las Administraciones públicas
afectadas y a las personas interesadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El anexo I de la presente resolución recoge las Administraciones públicas afectadas
y personas interesadas consultadas durante el trámite de información pública y si han
emitido respuesta.
Con fecha 15 de julio de 2022, tiene entrada en esta Dirección General, el
expediente para el inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria
y tras su análisis se constata que no obran todos los informes preceptivos citados en el
artículo 37.2 de la Ley de evaluación ambiental. Por tanto, con fecha 22 de septiembre
de 2022, se requiere al órgano sustantivo que subsane el expediente y aporte los
informes de los órganos con competencias en materia de medio ambiente, aguas,
cve: BOE-A-2024-11747
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