III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-11747)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Proyecto 2.º anillo de distribución de agua potable de la Comunidad de Madrid, tramo 8".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67528
desarrollo del cruce del río mediante acueducto y lo más cerca posible de la autovía
M-50, y dado que en el proyecto constructivo se considerará expresamente la estabilidad
y capacidad del terreno para albergar la nueva infraestructura, se concluye que el
proyecto no implicará un incremento significativo de ninguno de estos riesgos.
La Dirección general de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad de
Madrid indica que se han tenido en cuenta los riesgos de protección civil y por lo tanto no
hay nada que alegar o sugerir respecto al proyecto, si bien pone de manifiesto que,
especialmente durante la fase de ejecución de las obras con empleo de medios
mecánicos y equipos de corte y soldadura, se deberá tener en cuenta y adoptar las
medidas preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por
Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) aprobado por el
Decreto 59/2017, de 6 de junio, y en particular lo establecido en su anexo 2.
Programa de vigilancia ambiental.
El EsIA contiene un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyos objetivos son
controlar la correcta ejecución de las medidas previstas en el proyecto, así como
comprobar, prevenir y corregir sus posibles disfunciones y la aparición de impactos
ambientales no previstos.
Durante la fase de proyecto, se verificará, entre otras cuestiones, que el proyecto
constructivo incluye un estudio de gestión de residuos en el que se definirá en detalle el
sistema de separación en origen de los residuos y su destino final, dando prioridad a la
reutilización, reciclado o valorización frente al vertido; un plan de prevención y extinción
de incendios; y las preceptivas autorizaciones para las distintas actividades a realizar.
Durante la fase de construcción se realizará un control periódico de la obra con cuatro
visitas cada mes, garantizando que se cumplen las medidas preventivas y correctoras
establecidas. medio. En el EsIA se indican los parámetros a verificar en materia de
calidad del aire, edafología, hidrología, vegetación, fauna, patrimonio histórico, medio
socioeconómico, gestión de residuos y labores de restauración. Durante la fase de
explotación el seguimiento se centrará en el correcto desarrollo de la restauración
vegetal y reforestaciones. Se realizarán visitas trimestrales durante el primer año de la
explotación. Un año después de la finalización de este periodo se realizará una nueva
visita para comprobar que la vegetación implantada evoluciona adecuadamente y en
caso contrario, se desarrollarán las medidas correctoras adecuadas y se programarán
visitas periódicas para su control.
Se realizará un primer informe previo al inicio de las obras, que recogerá todos
aquellos estudios y muestreos necesarios antes de las obras. Se realizarán informes
ordinarios con periodicidad mensual desde la fecha del acta de replanteo incluyendo
todas las operaciones realizadas durante la ejecución de las obras, así como las
incidencias derivadas de las mismas, así como la ejecución de las medidas ambientales
establecidas. Se realizará un informe previo a la finalización de las obras indicando los
impactos reales producidos por la obra realizada, y en su caso, los impactos residuales
existentes, el estado y situación de las obras de protección y corrección ejecutadas, así
como una propuesta de mejoras. Se emitirán informes extraordinarios cuando exista
alguna afección no prevista o aspecto que precise una actuación inmediata. Tras el
seguimiento de la evolución de las restauraciones durante el primer año de explotación,
se elaborará un informe final en el que se recogerán los datos recabados en campo
durante las visitas trimestrales. Este informe será revisado tras la realización de la visita
prevista un año después de su redacción, incluyendo una valoración global de la eficacia
de las medidas desarrolladas y, en caso necesario, definirá nuevas medidas correctoras,
así como las prescripciones para su seguimiento.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado a), número 16.º del grupo 9 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
cve: BOE-A-2024-11747
Verificable en https://www.boe.es
d)
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 67528
desarrollo del cruce del río mediante acueducto y lo más cerca posible de la autovía
M-50, y dado que en el proyecto constructivo se considerará expresamente la estabilidad
y capacidad del terreno para albergar la nueva infraestructura, se concluye que el
proyecto no implicará un incremento significativo de ninguno de estos riesgos.
La Dirección general de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Comunidad de
Madrid indica que se han tenido en cuenta los riesgos de protección civil y por lo tanto no
hay nada que alegar o sugerir respecto al proyecto, si bien pone de manifiesto que,
especialmente durante la fase de ejecución de las obras con empleo de medios
mecánicos y equipos de corte y soldadura, se deberá tener en cuenta y adoptar las
medidas preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por
Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) aprobado por el
Decreto 59/2017, de 6 de junio, y en particular lo establecido en su anexo 2.
Programa de vigilancia ambiental.
El EsIA contiene un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyos objetivos son
controlar la correcta ejecución de las medidas previstas en el proyecto, así como
comprobar, prevenir y corregir sus posibles disfunciones y la aparición de impactos
ambientales no previstos.
Durante la fase de proyecto, se verificará, entre otras cuestiones, que el proyecto
constructivo incluye un estudio de gestión de residuos en el que se definirá en detalle el
sistema de separación en origen de los residuos y su destino final, dando prioridad a la
reutilización, reciclado o valorización frente al vertido; un plan de prevención y extinción
de incendios; y las preceptivas autorizaciones para las distintas actividades a realizar.
Durante la fase de construcción se realizará un control periódico de la obra con cuatro
visitas cada mes, garantizando que se cumplen las medidas preventivas y correctoras
establecidas. medio. En el EsIA se indican los parámetros a verificar en materia de
calidad del aire, edafología, hidrología, vegetación, fauna, patrimonio histórico, medio
socioeconómico, gestión de residuos y labores de restauración. Durante la fase de
explotación el seguimiento se centrará en el correcto desarrollo de la restauración
vegetal y reforestaciones. Se realizarán visitas trimestrales durante el primer año de la
explotación. Un año después de la finalización de este periodo se realizará una nueva
visita para comprobar que la vegetación implantada evoluciona adecuadamente y en
caso contrario, se desarrollarán las medidas correctoras adecuadas y se programarán
visitas periódicas para su control.
Se realizará un primer informe previo al inicio de las obras, que recogerá todos
aquellos estudios y muestreos necesarios antes de las obras. Se realizarán informes
ordinarios con periodicidad mensual desde la fecha del acta de replanteo incluyendo
todas las operaciones realizadas durante la ejecución de las obras, así como las
incidencias derivadas de las mismas, así como la ejecución de las medidas ambientales
establecidas. Se realizará un informe previo a la finalización de las obras indicando los
impactos reales producidos por la obra realizada, y en su caso, los impactos residuales
existentes, el estado y situación de las obras de protección y corrección ejecutadas, así
como una propuesta de mejoras. Se emitirán informes extraordinarios cuando exista
alguna afección no prevista o aspecto que precise una actuación inmediata. Tras el
seguimiento de la evolución de las restauraciones durante el primer año de explotación,
se elaborará un informe final en el que se recogerán los datos recabados en campo
durante las visitas trimestrales. Este informe será revisado tras la realización de la visita
prevista un año después de su redacción, incluyendo una valoración global de la eficacia
de las medidas desarrolladas y, en caso necesario, definirá nuevas medidas correctoras,
así como las prescripciones para su seguimiento.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el
apartado a), número 16.º del grupo 9 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
cve: BOE-A-2024-11747
Verificable en https://www.boe.es
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