III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-11765)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Generalitat de Catalunya, para la persecución del fraude financiero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Lunes 10 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 67593

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
11765

Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Generalitat
de Catalunya, para la persecución del fraude financiero.

Con fecha 29 de abril de 2024 se ha suscrito el Convenio de colaboración entre la
Administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Interior, y la
Comisión Nacional del Mercado de Valores para la persecución del fraude financiero.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Presidencia
dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anejo
a la presente resolución.
Madrid, 31 de mayo de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
ANEJO
Convenio de colaboración entre la Administración de la Generalitat de Catalunya,
mediante Departamento de Interior, y la Comisión Nacional del Mercado de Valores
para la persecución del fraude financiero
29 de abril de 2024.
REUNIDOS

De conformidad con el artículo 26.k de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la
presidencia de la Generalitat y del Gobierno, este convenio ha sido aprobado por el
Acuerdo de Gobierno por el que se aprueba la suscripción del convenio de colaboración
entre la Administración de la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de
Interior y la Comisión Nacional del Mercado de Valores para la persecución del fraude
financiero y se autoriza la signatura, de fecha 26 de marzo de 2024.

cve: BOE-A-2024-11765
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, el Honorable señor Joan Ignasi Elena i Garcia, Consejero del
Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya, nombrado por el Decreto 22/2021,
de 26 de mayo, por el que se nombra al vicepresidente del Gobierno y a los consejeros y
consejeras de los departamentos de la Generalitat de Catalunya, publicado en el DOGC
núm. 8418.ª, de 26 de mayo de 2021; de conformidad con la representación que le atribuye
el artículo 12.a) de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y
régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
De otra parte, don Rodrigo Buenaventura Canino, Presidente de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores (en adelante, CNMV), en virtud del Real
Decreto 1137/2020, de 15 de diciembre, como representante legal de esta institución
según lo dispuesto en el artículo 26.1.a) de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los
Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión (LMV), haciendo uso de la facultad
que le concede el artículo 26.1.e) del mismo texto legal para celebrar los acuerdos y
convenios en los que participe la Comisión Nacional del Mercado de Valores.