II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-11725)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral de la categoría de Técnico Auxiliar de Laboratorio, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 67372
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la
presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico
establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la
propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz: https://sedelectronica.uca.es/
procedimientos/?proc=453
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la
persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su
caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud
deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón
«Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro,
fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo
de la presentación de la solicitud, por lo que no podrá entender que ha concluido los
trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención
del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.2 Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de
extranjero, en vigor.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de la fase de concurso, deberán adjuntar a la solicitud la
relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del área de
Personal de la Universidad de Cádiz https://personal.uca.es/convocatoria-pas, así como
la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado
servicios como personal de la Universidad de Cádiz solo tendrán que alegar los méritos,
no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no
conste en el expediente del área de personal. No se admitirá la presentación de méritos
una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el
proceso, que serán de 15 euros. Se ingresarán en la cuenta corriente
número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre
de «Universidad de Cádiz», indicando el código «PS C TAL QA E24 + nombre de la
persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante el
plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la
persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a
la fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral
actualizada a fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
cve: BOE-A-2024-11725
Verificable en https://www.boe.es
3.3
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 67372
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán realizar la
presentación de las solicitudes a través del procedimiento telemático específico
establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la
propia Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz: https://sedelectronica.uca.es/
procedimientos/?proc=453
La presentación electrónica de la solicitud requiere del uso del certificado digital de la
persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados, en su
caso, los documentos requeridos y/o méritos a valorar en la fase de concurso, la solicitud
deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente, se deberá pulsar el botón
«Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que figurará el código de registro,
fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo será documento justificativo
de la presentación de la solicitud, por lo que no podrá entender que ha concluido los
trámites de presentación de la solicitud si no ha finalizado los mismos con la obtención
del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
3.2 Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud la siguiente
documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de
extranjero, en vigor.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. Los documentos que
acreditan estar en posesión de la titulación académica son el título oficial, certificación
supletoria o resguardo acreditativo del abono de los derechos de expedición.
c) Para la valoración de la fase de concurso, deberán adjuntar a la solicitud la
relación de méritos alegados, según modelo disponible en la página web del área de
Personal de la Universidad de Cádiz https://personal.uca.es/convocatoria-pas, así como
la documentación acreditativa de los mismos. Quienes presten o hayan prestado
servicios como personal de la Universidad de Cádiz solo tendrán que alegar los méritos,
no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no
conste en el expediente del área de personal. No se admitirá la presentación de méritos
una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el
proceso, que serán de 15 euros. Se ingresarán en la cuenta corriente
número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre
de «Universidad de Cádiz», indicando el código «PS C TAL QA E24 + nombre de la
persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por la participación en este proceso selectivo durante el
plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la
persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a
la fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral
actualizada a fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
cve: BOE-A-2024-11725
Verificable en https://www.boe.es
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