T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2024-11771)
Pleno. Sentencia 73/2024, de 7 de mayo de 2024. Recurso de inconstitucionalidad 2192-2022. Interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso en relación con la disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Límites de las leyes de presupuestos: extinción del recurso de inconstitucionalidad por pérdida sobrevenida de su objeto al versar sobre el precepto legal anulado por la STC 67/2024, de 23 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. TC. Pág. 67694
De acuerdo con la consolidada doctrina constitucional [por todas, STC 139/2011,
de 14 de septiembre, FJ 3 b)], la expulsión del ordenamiento jurídico de esta disposición
final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022, por la STC 67/2024 determina la pérdida sobrevenida de objeto
del presente recurso de inconstitucionalidad. Esta desaparición sobrevenida del objeto,
aunque no está contemplada en el artículo 86.1 LOTC, es una de las causas de
terminación extraordinaria de los distintos procesos constitucionales, incluidos los
recursos de inconstitucionalidad (STC 124/2021, de 3 de junio, FJ 2).
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido declarar la extinción, por
pérdida sobrevenida de objeto, del presente recurso de inconstitucionalidad interpuesto
por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso contra la
disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos
generales del Estado para el año 2022.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-11771
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a siete de mayo de dos mil veinticuatro.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Inmaculada Montalbán Huertas.–Ricardo Enríquez Sancho.–María Luisa
Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–Concepción
Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano Astaburuaga.–César Tolosa Tribiño.–Juan
Carlos Campo Moreno.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 140
Lunes 10 de junio de 2024
Sec. TC. Pág. 67694
De acuerdo con la consolidada doctrina constitucional [por todas, STC 139/2011,
de 14 de septiembre, FJ 3 b)], la expulsión del ordenamiento jurídico de esta disposición
final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022, por la STC 67/2024 determina la pérdida sobrevenida de objeto
del presente recurso de inconstitucionalidad. Esta desaparición sobrevenida del objeto,
aunque no está contemplada en el artículo 86.1 LOTC, es una de las causas de
terminación extraordinaria de los distintos procesos constitucionales, incluidos los
recursos de inconstitucionalidad (STC 124/2021, de 3 de junio, FJ 2).
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido declarar la extinción, por
pérdida sobrevenida de objeto, del presente recurso de inconstitucionalidad interpuesto
por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso contra la
disposición final primera de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos
generales del Estado para el año 2022.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2024-11771
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Dada en Madrid, a siete de mayo de dos mil veinticuatro.–Cándido Conde-Pumpido
Tourón.–Inmaculada Montalbán Huertas.–Ricardo Enríquez Sancho.–María Luisa
Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–Concepción
Espejel Jorquera.–María Luisa Segoviano Astaburuaga.–César Tolosa Tribiño.–Juan
Carlos Campo Moreno.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.
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