V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-20805)
Resolución de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática por la que se dispone la apertura de un periodo de información pública en el marco del procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática del "Teatro Cómico de la Real Villa de León o el Real Teatro de las Cortes", en San Fernando, Cádiz".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 7 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 31026

Prueba evidente de la influencia de ese texto constitucional, no ya sólo para la
historia española, es el eco exterior que alcanzó entonces y con posterioridad,
como recuerdan los tratadistas. De hecho, fue inmediatamente traducida y
comentada en varios idiomas (francés, inglés, portugués, italiano, alemán y ruso),
fue implantada en buena parte de los territorios de ultramar (siendo el primer texto
constitucional en toda la América de habla española, salvo Venezuela) y fue
imitada o aplicada en varios países europeos (por ejemplo, Portugal, cuya
constitución de 1822 estuvo en gran medida inspirada por el texto gaditano, así
como los reinos, ducados y estados de Nápoles y las Dos Sicilias, PiamonteCerdeña, Luca y los Estados Pontificios, que harían suyo el texto gaditano durante
el ciclo revolucionario de 1820).
En atención a las razones expuestas en este informe, que avalan la íntima
vinculación del Real Teatro de las Cortes de San Femando con la historia
constitucional de España en sus críticos orígenes, cabe concluir que parece
apropiado declarar el mismo como lugar de memoria digno de reconocimiento
público y oficial."
No se han recibido más informes.
No ha habido alegaciones por parte del Ayuntamiento de San Fernando
(Cádiz) en cuyo término municipal se encuentra el bien.
A la vista de lo anterior,
La Directora General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria
Democrática, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 50.1 de la Ley
20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, puesto en relación con el
artículo 12.2 del Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales y el artículo 8.1.j) del Real Decreto
273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Acuerda
Primero- La apertura de un período de información pública por un plazo de 21
días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, a
fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y
alegar lo que estimen conveniente en orden a dicho bien.
La petición de consulta y las alegaciones pueden presentarse en cualquiera de
los Registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o en la
página web del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática a través del
siguiente enlace:

Madrid, 31 de mayo de 2024.- Directora General de Atención a las Víctimas y
Promoción de la Memoria Democrática, Zoraida Hijosa Valdizán.
ID: A240026588-1

https://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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