V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-20802)
Resolución de la Dirección General de Atención a las Víctimas y Promoción de la Memoria Democrática por el que se aceptan las alegaciones ampliando el acuerdo de 21 de julio de 2023 y por el que se dispone la apertura de un periodo de información pública en el marco del procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática de "La Plaza de los Mártires del Pueblo y el busto en bronce realizado por Juan Herrera sito en la misma, y la Plaza de la Constitución junto con la escultura del autor local Luis Rodríguez en Cabezas de San Juan, Sevilla".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Viernes 7 de junio de 2024

Sec. V-B. Pág. 31015

reconocimiento de las víctimas indicando cuantos datos sean de interés para el
conocimiento público de los hechos.
Forma parte de la incoación de la declaración de un lugar de memoria el
especificar las concretas medidas de protección, conservación, y señalización que
se proponen respecto del bien objeto del procedimiento; con la finalidad de que
puedan ser objeto de los trámites de audiencia e información pública previstos en
el artículo 50.2 de la LMD, y, a efectos, de su concreción al resolverse el
procedimiento por la persona titular de la Secretaría de Estado de Memoria
Democrática, como contempla el artículo 50.4 de la LMD.
En concreto, se proponen las siguientes medidas, que requerirán el previo
acuerdo del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática con los
titulares, en este caso, con el Excmo. Ayuntamiento de Cabezas de San Juan, tal y
como prevé el artículo 52.1 de la LMD:
− Medidas de protección: atendidas las circunstancias del espacio, no se
proponen medidas de protección específicas diferentes de las medidas generales
de garantía de perdurabilidad de los diferentes elementos que componen este
espacio.
− Medidas de difusión e interpretación de lo acaecido en el lugar: De acuerdo
con la normativa urbanística, de patrimonio histórico y sectorial aplicable, la
Administración General del Estado podrá promover la instalación de placas,
paneles o distintivo memorial interpretativo, así como su geolocalización con
fotografías y audiovisuales, sin perjuicio de los ya existentes. Además, conforme a
lo dispuesto en el artículo 53 apartados 2 y 3 de la LMD, la Administración General
del Estado impulsará la realización de recursos audiovisuales y digitales
explicativos de este lugar, que estará disponible en la Web del Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática.
−Usos compatibles: la declaración como lugar de memoria no altera los usos
actuales. Cualquier uso que se dé por su titular al bien habrá de ser compatible con
las medidas propuestas.
Sexto. - Una vez incorporadas las alegaciones efectuadas en el trámite de
audiencia, esta Dirección General dispone la apertura de un período de
información pública por un plazo de 21 días naturales a contar desde el día
siguiente a la publicación de este acuerdo, a fin de que cuantos tengan interés en
el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que estimen conveniente en
orden a dicho bien.

https://mpt.gob.es/portal/ministerio/participacion_proyectos/
audiencia_informacion/proyectos/2024/
Madrid, 31 de mayo de 2024.- Directora General de Atención a las Víctimas y
Promoción de la Memoria Democrática, Zoraida Hijosa Valdizán.
ID: A240026574-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2024-20802
Verificable en https://www.boe.es

La petición de consulta y las alegaciones pueden presentarse en cualquiera de
los Registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como a través del siguiente enlace: